El gobernador Rodolfo Suárez ratificó este viernes que en Mendoza la actividad “es normal” pese al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Alberto Fernández esta madrugada, con el que se anunció un feriado nacional en repudio al atentado contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Sin embargo, para los gremios de alcance nacional, la disposición del Presidente es la que se acatará, así lo comunicó el CEC en Mendoza para los empleados de comercio, asimismo, los bancos permanecieron con sus puertas cerradas y reparticiones como la AFIP, el PAMI y la Anses tampoco abrieron.
“El artículo 46 de la Constitución provincial es bastante claro al respecto (determina que los feriados nacionales deben cumplirse), y las personas que fueron a trabajar esta mañana deberán recibir el doble de la remuneración. La confusión es muy grande y el Gobernador contribuyó a ella”, indicó Alicia Barrionuevo, abogada, y quien fuera candidata a diputada nacional por el FDT (Protectora 2021).
La abogada explicó que “existe una pirámide por la que la Constitución Nacional está por encima de la Provincial, pero Suárez subvierte el orden y comete un error jurídico muy grosero”.
Sin embargo, durante la madrugada (minutos después de la 1.30 horas), el Gobierno de la Provincia comunicó a los medios que, “ante la incertidumbre generada por el anuncio hecho hace instantes por el Presidente de la Nación, expresando un “feriado nacional”, que genera desconcierto en las familias mendocinas por la hora, la forma y no mediando hasta este momento norma legal alguna que así lo disponga, que nos permita conocer los alcances del anuncio del presidente”, este viernes se trabajaría con normalidad como una forma de “repudio a cualquier expresión de violencia y adhesión a la paz social”.
“Asímismo volvemos a repudiar el gravísimo hecho vivido en el día de ayer, solicitando su pronto esclarecimiento”, se incluyó en el comunicado.
De manera que, en principio la no adhesión de Mendoza no fue tal, sino que se referían a que si no había decreto, no había feriado, e incluso se dijo no se tomarían acciones de ningún tipo contra quienes no fueran a trabajar.
No obstante, de acuerdo con Barrionuevo, el mandatario no podría aducir desconocimiento a la norma, en la medida en la que el presidente lo anunció públicamente, y el artículo 28 de la Constitución Nacional en donde se habla de la “razonabilidad”, impide que se ampare en esa brecha temporal entre el comunicado presidencial y la publicación del DNU.
“Ni siquiera tenía que adherir Mendoza al feriado, porque no es algo a lo que se adhiera, es algo que es, más allá de que a muchos les pueda perjudicar la existencia del feriado, jurídicamente es así”, agregó la letrada y señaló que lo que ha sucedido en la provincia responde a un mal asesoramiento legal.
¿Cómo se pagan los feriados trabajados?
La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) aclara que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
Es decir que para abonar el feriado, se debe dividir la totalidad de la remuneración al mes respectivo por 25, y aplicar ese importe al feriado en cuestión, generándose un “plus por feriado”. Pero, si el trabajador prestara servicios, se le deberá abonar el día a valor normal, más una suma igual, es decir un recargo del 100% (art.166 de la Ley de Contrato de Trabajo).
Para el cálculo, en ambos casos, se deberán considerar los conceptos remunerativos y no remunerativos por igual.