Mediante un decreto, el gobierno de Javier Milei cambió la fórmula de movilidad jubilatoria, estableciendo que las jubilaciones y pensiones se actualizarán por la última cifra de inflación disponible, desfasada por dos meses. A pleno, el cambio se aplicará en julio, una vez culminado el periodo ya vigente por la “vieja” fórmula heredada del gobierno de Alberto Fernández.
Mientras tanto, a la fórmula de Fernández se le sumará un porcentaje para alcanzar la inflación. En abril habrá un aumento considerando el IPC de febrero a cuenta de la suba trimestral para junio más un 12,5% de aumento en forma de “recomposición”. En mayo se aplicará otro adelanto a cuenta del aumento de junio, también de empalme, para empatar el último IPC disponible (en ese caso, el de marzo).
En números, la jubilación mínima en abril pasará de los actuales $134.445 a $171.516 (13,2% de IPC de febrero más aumento extraordinario del 12,5%). Justamente, el ministro de Economía, Luis Caputo, dijo anoche en LN+ que el haber será “de $172.000″.
A esta cifra hay que agregarle el bono proporcional de $70.000. Pero hay una aclaración. Cuando el Gobierno oficializó el refuerzo mediante el Decreto 268/2024 del jueves pasado, esos $70.000 aplicaban sobre la mínima de marzo equivalente a $134.445, con tope a $204.445. Por lo tanto, si este decreto no se modifica ni se actualiza, un jubilado con la nueva mínima ($171.516) cobraría en abril un bono de poco más de $32.000 por alcanzar el tope de $204.445.
Dice el Decreto 274/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial que, desde julio, “los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)”.
En abril se otorgará un “incremento extraordinario equivalente al 12,5%” de los haberes de marzo (calculados sin contabilizar el bono de $70.000); más un “adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024″.
Para los meses siguientes se mantendrá el mismo esquema, tomando la inflación de dos períodos anteriores. O sea, en mayo los jubilados y pensionados cobrarán un aumento equivalente a la inflación de marzo (lo que se conoce como t-2, donde “t” es el período a cobrar -2 meses)
Un dato clave es que los jubilados recibirán el aumento en base al último dato publicado por el Indec, por lo que el ajuste irá atrasado, lo que se conoce como “t-2″.
Es que, por ejemplo, la inflación de marzo se conocerá a mediados de abril, en consecuencia quienes cobran en los primeros días no tendrían factor de actualización. De esta forma se realiza el cálculo sobre el último índice de costo de vida conocido.
“En caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante”, aclara, además, el Gobierno.
Aumentos mes por mes con la nueva fórmula jubilatoria
Como el Indec publica el IPC mensual a mediados del mes siguiente, el aumento a los jubilados irá desfasado dos meses. Traducido: para los haberes de julio a pagarse desde el primer día hábil se tomará el último IPC medido, es decir, el de mayo y no de junio (sin publicarse aún para entonces).
En abril y mayo se darán ajustes de “transición”. Son los llamados “adelantos” a cuenta de la cifra a aplicar en junio. Se aplica la fórmula de actualización vieja y se suma lo que pudiese faltar para llegar a la inflación.
🟢 Abril: aumento extraordinario por enero del 12,5% más un adelanto de la movilidad de junio, que se estima su aplicación sobre el cálculo vigente para empatar el IPC de febrero (13,2%).
🟢 Mayo: mismo esquema de abril. Se toma la fórmula “vieja” de Alberto Fernández y se la modifica para empatar el último IPC disponible (el de marzo).
🟢 Junio: último mes con la fórmula “vieja”, pero siempre respetando la inflación registrada dos meses atrás (abril).
➡ Si la cifra total de abril y mayo fuera superior al último IPC disponible, la diferencia la tomarán como ya “incorporada” al nuevo haber jubilatorio.
➡ Si los porcentajes de adelantos de abril y mayo fueran menores al último IPC disponible de mayo, el Gobierno pagará el porcentaje de la diferencia a favor.
🟢 Julio: a pleno, la nueva fórmula de movilidad, es decir, un aumento indicado por el último IPC disponible en Indec (mayo).