Reglamentaron la ley de Zona Fría: en cuánto quedan las facturas de gas en Mendoza

La normativa fue publicada hoy en el Boletín Oficial, pero habrá que aguardar a la reglamentación por el Enargas para conocer desde cuándo se aplicará el descuento

Reglamentaron la ley de Zona Fría: en cuánto quedan las facturas de gas en Mendoza

El 25 de junio, el Senado aprobó la ley 27.637, que amplía considerablemente el territorio nacional considerado “zona fría”. Hoy, fue publicada en el Boletín Oficial. Con la modificación, no sólo se ven beneficiados con un descuento en la factura por el servicio de gas, como hasta ahora, los mendocinos que viven Malargüe, sino los de toda la provincia. La bonificación será del 30% para la mayoría, aunque algunos tendrán una quita del 50%. ¿Cuál será el monto promedio de la boleta?

En el marco de la revisión tarifaria integral, el Enargas autorizó un incremento del 6% en promedio, desde principios del mes pasado. Desde Ecogas informaron que, con este último ajuste, el monto promedio de la factura mensual es de $ 602 para los usuarios R1; de $ 927 para los R2-1; de $ 1.071 para los R2-2; de $ 1.234 para los R2-3; de $ 1.592 para los R3-1; de $ 1.793 para los R3-2; de $ 2.056 para los R3-3; y de $ 3.258 para los R3-4.

Se debe recordar que se trata de un valor medio para todos los usuarios de esa categoría y como si los 12 meses del año se pagara el mismo importe, cuando, en realidad, el consumo tiene una fuerte variación estacional. Además, este importe no incluye impuestos (sólo el cargo fijo y el variable).

De esta manera, la bonificación del 30% llevaría las boletas -sin impuestos- de los usuarios R1 a $ 422, de los R2-1 a $ 649, de los R2-2 a $ 750, de los R2-3 a $ 864, de los R3-1 a $ 1.115, de los R3-2 $ 1.256, de los R3-3 a $ 1.440 y de los R3-4 a $ 2.281. Como este importe es promedio para todo el año, el monto es bastante superior en los meses de más frío.

Quienes viven en Malargüe conservarán el 50% de descuento y también pagarán el mitad del consumo y costo fijo: los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios inscritos en el régimen de Monotributo Social; jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles; monotributistas inscritos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios que perciben seguro de desempleo; electrodependientes, beneficiarios de la ley 27.351; usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la ley 26.844; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza; titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Asimismo, fueron incluidos en la bonificación del 50% las entidades de bien público; las asociaciones civiles con ingresos ordinarios anuales menores a la Categoría “G” del régimen del Monotributo; y los comedores comunitarios con o sin personería jurídica, reconocidos en su jurisdicción provincial o municipal, o que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (Renacom).

Desde Ecogas manifestaron que están esperando a que se reglamente la normativa, para conocer los detalles de su aplicación. Es decir, que el Enargas establezca cómo debe implementarse este descuento en la facturación y a partir de qué momento, lo que se estima sucederá pronto, para que el beneficio se aplique en los meses de mayor consumo.

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