Prestación por Desempleo: quiénes pueden acceder y cómo se realiza el trámite

La Administración Nacional de la Seguridad Social publicó además el calendario de pago para el mes de junio.

Prestación por Desempleo: quiénes pueden acceder y cómo se realiza el trámite
Archivo Los Andes

Este lunes la Administración Nacional de la Seguridad Social publicó el calendario para la Prestación por Desempleo. Los trabajadores de la construcción en el Régimen Nacional de la Construcción Ley N° 25.371 pueden acceder a este beneficio si cumplen con una serie de requisitos.

Para empezar, el solicitante debe tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.

Para trabajadores permanentes, el monto y la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 2 años.

En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó (con aportes) un año o más, se aplica el mismo criterio que para un trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada 3 de servicio.Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Qué documentación hay que presentar

*DNI (original y copia).

*Documentación que demuestre el desempleo (original y copia), según se indica en cada caso:

**Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.

**Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por el juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra, o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

**Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa (Art. 242 LCT): telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el interesado (ver aclaraciones).

**No renovación de un contrato a plazo fijo: ejemplar del contrato de trabajo vencido.

**Fallecimiento del empleador unipersonal: copia certificada del Acta de Defunción.

**En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

En todos los casos deberás presentar tarjeta o libreta de trabajo que indique el cobro del Fondo de Cese Laboral.

En caso que el trabajador no lo haya cobrado y si transcurrieron menos de 60 días corridos desde el despido, deberá presentar telegrama o carta documento intimando al empleador el pago del Fondo de Cese Laboral.

El trámite se puede realizar a través de atención virtual o de manera presencial en una oficina de Anses con turno previo.

Calendario de pago pago para el mes de junio

Calendario de Pago - X Anses
Calendario de Pago - X Anses

Según datos del INDEC la construcción también tuvo caídas y se derrumbó 42,2% en marzo respecto de igual mes de 2023 y en el primer trimestre del 2024 cayó 30,3%.

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