Qué es el subsidio de contención familiar y quiénes pueden cobrar los $15.000 que paga Anses

Se trata de una asignación de pago único, que se paga a familias en situación de vulnerabilidad por el fallecimiento de un familiar. De qué se trata.

Qué es el subsidio de contención familiar y quiénes pueden cobrar los $15.000 que paga Anses
Anses aumentó los montos del subsidio de contención familiar. Foto/Ignacio Blanco

La Anses dispone de un “reintegro por gastos de sepelio, que se cobra por el fallecimiento de una persona jubilada o pensionada (beneficiaria del organismo), y de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad.

El pago ya existía, antes de la pandemia y cubría a los familiares de los titulares de algún beneficio de Anses que hubieran fallecido, pero desde el 9 de agosto del año pasado, se incluyó a “los/las familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) de personas que hubieran fallecido por COVID-19 y que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Desde esa fecha, el monto del subsidio se incrementó a $15.000″.

El trámite se puede iniciar junto con la pensión por fallecimiento de un titular de Anses, hasta un año después del deceso. Foto Orlando Pelichotti / Los Andes
El trámite se puede iniciar junto con la pensión por fallecimiento de un titular de Anses, hasta un año después del deceso. Foto Orlando Pelichotti / Los Andes

¿Quiénes pueden cobrar el subsidio de contención familiar?

Jubilación o pensión:

  • Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación.
  • Viudos, viudas, convivientes previsionales, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
  • Otros herederos o herederas de la persona fallecida.

Covid-19:

  • Familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) de personas fallecidas en situación de vulnerabilidad que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación: desocupados o desocupadas trabajadores o trabajadoras informales monotributistas de las categorías A y B personal de casas particulares titulares de la Asignación por Embarazo madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes que reciban la AUH madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad que reciban la AUH.

Requisitos

  • Que se encuentre acreditado el fallecimiento en ANSES.
  • Que la persona fallecida haya tenido una jubilación o pensión otorgada por ANSES (o en trámite, con el derecho ya efectivamente otorgado).
  • Que la persona hubiera fallecido a causa de Covid-19.
  • Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento.
  • Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento a consecuencia del COVID-19-

Documentación

  • DNI de quien solicita el reintegro.
  • Partida de defunción de la persona fallecida.

Por fallecimiento del o la titular de jubilación o pensión:

  • Personas con: Factura emitida a su nombre Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual Compañía de Seguros
  • Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional):
  • Herederos y herederas de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión (formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296)

Por fallecimiento a causa de Covid-19:

  • Personas (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) con factura extendida a su nombre.

¿Cuánto se cobra y cómo solicitarlo?

El monto del subsidio es de $6000 si el fallecimiento se produjo hasta el 8/8/2020, y de $15.000 si fue posterior a esa fecha. El trámite se hace por internet, se puede realizar junto con el inicio del trámite de la pensión, o si lo realiza otra persona, debe acreditar haberse hecho cargo de los gastos de sepelio, cremación o inhumación, y antes de que se cumpla un año del fallecimiento de la persona.

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