El Gobierno nacional anunció las precisiones de la pensión vitalicia para familiares de trabajadores esenciales que hayan fallecido por Covid-19, que se pagará a través de la Anses. Arranca en los $65.260.
A través de la resolución 5/2022 del Ministerio de Trabajo y en base a la Ley 27.549, la Secretaría de Seguridad Social estableció las normas que permiten hacer operativo el pago de las pensiones graciables de carácter vitalicio en el caso de trabajadores esenciales fallecidos por haber contraído Covid-19.
De acuerdo con el Gobierno, la pensión fue establecida con el propósito de brindar “un reconocimiento de estricta justicia para aquellos familiares de las personas fallecidas en la primera línea de fuego, considerando la particular posición de riesgo a la que se vieron expuestos en sus tareas, arriesgando su vida por el conjunto de la sociedad”.
Pensión vitalicia por Covid-19: ¿de cuánto es el monto?
La pensión graciable consiste en una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio.
Es decir que actualmente consta de $65.260 por mes y de por vida.
Es compatible con cualquier otra prestación de Anses.
Pensión vitalicia por Covid-19: ¿a quiénes les corresponde?
El beneficio mensual y de por vida incluye solamente a aquellos familiares de quienes prestaron servicios esenciales en forma presencial y murieron entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020, como consecuencia de haber contraído coronavirus.
Aplica a:
- Trabajadores de los sistemas de salud pública y privada (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza)
- Personal de las Fuerzas Armadas.
- Personal de las Fuerzas de Seguridad.
- Personal de la Actividad Migratoria.
- Personal de la Actividad Aduanera.
- Bomberos.
- Recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patogénicos.
¿Qué familiares pueden cobrar la pensión vitalicia por Covid-19?
- Cónyuges.
- Convivientes.
- Hijos/as solteros/as hasta los 21 años de edad.
- Hijos/as solteros/as hasta los 25 años si a la fecha del fallecimiento del causante percibían alimentos.
- Hijos/as solteros/as sin límite de edad cuando sus capacidades se encontraren restringidas.
- Hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad a cargo del causante, cuando se encontraren con incapacidad para trabajar.
Precisiones de la pensión vitalicia por Covid-19
El haber de la pensión que corresponde a los derechohabientes se determinará de la siguiente manera:
- El 100% para la viuda, viudo o conviviente, no existiendo hijos/as con derecho a pensión.
- El 50% para la viuda, viudo o conviviente, cuando existan hijos/as con derecho a pensión y el otro 50% se distribuirá entre los hijos/as por partes iguales.
- Cuando no exista viuda, viudo o conviviente, el 100% de la pensión se distribuirá entre los hijos/as por partes iguales.
- Cuando concurran la viuda o viudo, conjuntamente con un conviviente, el porcentaje establecido en el inciso a) o b) se distribuirá entre dichos derechohabientes por partes iguales.
¿Cómo anotarse a la pensión vitalicia por Covid-19 de Anses?
Para acceder al beneficio, hay que iniciar un trámite en cualquier oficina de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Se trata de un trámite completamente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones.