Desde el consulado de Italia en Mendoza confirmaron que este viernes 23 de junio, desde las 13, estarán habilitados nuevos turnos para tramitar la “cittadinanza per matrimonio” (ciudadanía por matrimonio). Esto luego de que una semana completa de trámites por pasaporte e hijos directos, entre otros.
Evitá a los estafadores por ciudadanía italiana, “no comprés un turno”
Evitá ser estafado: desde el consulado de Italia aclararon que todos los turnos se dan de forma gratuita, y destacaron que, “se invita a todos los usuarios a rechazar cualquier oferta de sitios web, agencias de corretaje o personas que afirmen poder reservar una cita a nombre del interesado a cambio de un pago”.
Ciudadanía italiana, ¿cuánto cuesta?
- Trattamento domanda riconoscimento cittadinanza: $67.020.
- El costo de un nuevo pasaporte es, según el listado de Derechos Consulares que se encuentra en el sitio web del Consulado ($25.920 Costo libreta ordinaria + Contribución administrativa).
Revisá la lista completa de precios, según cada trámite desde aquí (hasta el 30 de junio).
Turnos por ciudadanía italiana por matrimonio: requisitos y características
Las citas de ciudadanía para reconstrucción y para matrimonio son presenciales y tienen una tolerancia de 15 minutos con respecto al horario establecido.
Hacé una cita solamente si tenés la documentación completa. De lo contrario, perderás el turno, indicaron desde la web del consulado italiano.
Tené en cuenta que el manual de ayuda, creado para apoyar a los ciudadanos, está disponible en el Portal Prenot@Mi https://prenotami.esteri.it.
Las Oficinas Consulares, involucradas en la realización de los trámites, no gestionan servicios públicos, citas ni listas de espera.
Pasaportes: abolición del acto de consentimiento para los progenitores de hijos menores
El Consulado informó, además, “a los connacionales padres de hijos menores de edad que a partir del 14 de junio de 2023 ya no será necesario presentar el acta de consentimiento del otro progenitor a los efectos de la emisión de su documento de identidad (pasaporte y CIE), conforme al D.L. 69/2023″.
En concreto, el nuevo artículo 3-bis de la Ley 1185/1967 indica que, cuando exista un peligro concreto y actual de que, por razón del traslado al exterior, éste pueda sustraerse al cumplimiento de sus obligaciones para con sus hijos, será posible que el otro padre pueda solicitar una orden judicial para evitar la emisión del documento.
La solicitud puede presentarse ante el juez competente en el Juzgado ordinario en el que el menor tenga su residencia habitual o, si el menor es residente en el extranjero, en el Juzgado en cuyo distrito se encuentre el Registro del AIRE.
A los efectos de la emisión de documentos para menores, en cambio, subsiste la obligación del consentimiento firmado por ambos padres o por quienes ejerzan la patria potestad.