La Anses y AFIP cruzarán datos, para asegurarse de que los ingresos del solicitante no superen el límite vigente para el derecho a la percepción de la asignación familiar, hoy establecido en $404.062.
Además, se analizarán los bienes declarados por el solicitante, estos no deberán superar 2,4 veces el importe anualizado del ingreso previsto. Con la excepción de la maquinaria agrícola, se controlará el valor de los automóviles que la persona pudiera tener a su nombre, así como aeronaves, yates o veleros de gran porte.
En automotores, no deben superar los $4.849.744 (según el valor que informa la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, que resulta ser más bajo que el de mercado). En este caso, si una persona tuviera más de dos autos, por la razón que fuere, se considera que le podría convenir más vender uno y pagar los años que adeuda, y jubilarse, antes que decidir mantenerlos.
Además, la persona no puede registrar la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, ni tampoco la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina.
En la evaluación, no se tiene en cuenta la vivienda familiar, pero sí el resto de propiedades, esto significa que si, por ejemplo, una persona vive de rentas, porque tiene varios inmuebles y supera ese valor, el Estado no le va a financiar la deuda previsional, pero sí puede jubilarse, lo que no podrá hacer es pagarla en cuotas.
Gastos con tarjeta de crédito e ingresos: ¿qué revisa la Anses?
Para aprobar la evaluación sociopatrimonial el solicitante deberá pasar todos los siguientes puntos:
- Los consumos mensuales no podrán superar el 80% del límite para la asignación familiar ($323.250). Se tendrán en cuenta los gastos efectuados con tarjeta de débito y crédito.
- El ingreso bruto promedio mensual de los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la evaluación, no puede superar el límite vigente para el derecho a la percepción de la asignación familiar o piso salarial de Ganancias, hoy de $404.062 brutos.
Con respecto a lo anterior, Carlos Gallo, jefe Regional de Anses, le explicó a Los Andes, explicó que lo nterior impide acceder al plan de pagos, pero no a la Moratoria, es decir, que se podrá pgar la deuda total y jubilarse igualmente.
Límite de ingresos, ¿cómo se sacan las cuentas?
Para saber si se podrá acceder al plan de pagos, hay que sumar todos los ingresos que tuvo el futuro jubilado en un año (solo, no de su grupo familiar), y al resultado, dividirlo por 12. El número que resulte, deberá ser inferior a $404.062.
Además, en el análisis se tendrá en cuenta que el posible jubilado no haya declarado impuestos a los bienes personales por más de $11.635.200 ((2,4x404.062)x12). -Se tendrán en cuenta los sueldos brutos en relación de dependencia, los haberes previsionales brutos y los ingresos declarados en el impuesto a las ganancias y/o el rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)-.
Los jubilados con moratoria no podrán comprar dólares
Según se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto 173/2023, que reglamenta el “Plan de Pago de Deuda Previsional”, se encuentran habilitados los turnos en www.anses.gob.ar para realizar el trámite en las oficinas del organismo.
Sin embargo, desde entonces se conocieron distintos requisitos que tendrán que cumplir las personas que deseen jubilarse sin tener los 30 años de aporte que marca la ley previsional, y pagar por el faltante estando ya jubilados, a los anteriores se les suma una disposición del Banco Central.
Es que, “las personas en condiciones de acogerse al plan de pago de deuda previsional dispuesto por la Ley 27705, en la medida que se presenten a requerirlo, u otro plan de regularización de deuda previsional, hasta tanto hayan cancelado la deuda, entre las personas beneficiarias de subsidios del Estado que tienen restringida la dolarización directa o indirecta, vía mercado de valores, de sus excedentes económicos”.
Así, una vez completados los aportes con los descuentos que se realizan por moratoria, el jubilado podría volver a comprar dólares en los bancos.
¿A quiénes alcanza?
● Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no poseen los 30 años de aportes requeridos.
● Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
● El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.
● El monto a descontar no puede exceder las 120 cuotas mensuales ni el 30 por ciento del haber mínimo vigente.
Para más información, las personas interesadas pueden ingresar aquí.
Paso a paso, ¿cómo sacar un turno?
1-Ingresá a Mi Anses
2-Colocá tu CUIL (con tu número de documento, podés averiguar tu número de CUIL desde aquí)
3-Colocá tu clave de seguridad (la podés crear o recuperarla desde este enlace)
4-Si te faltan aportes, reuní la documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o Declaración Jurada.
5- Solicitá un turno para atenderte en una oficina de ANSES. El día del turno no olvides llevar tu DNI. (SACAR TURNO).
- En caso de que tengas certificaciones de servicio de actividades laborales que hayas realizado, recordá llevarlas.
- Si sos mujer y tenés hijas y/o hijos, revisá que tus vínculos familiares estén actualizados y acreditados en mi ANSES. En caso de que no los tengas actualizados, el día del turno vas a tener que llevar tu DNI y las partidas de nacimiento de cada una de tus hijas e hijos para poder computar los períodos de aportes por Tareas de Cuidado.