Nueva exigencia de la AFIP: pronostican que habrá menos oferta y subirán los alquileres

Desde las inmobiliarias aseguran que la sumatoria de requisitos llevará a que más propiedades dejen de rentarse. Ya hubo una caída de 30%.

Nueva exigencia de la AFIP: pronostican que habrá menos oferta y subirán los alquileres
A partir del 1 de marzo, todos los contratos de alquiler deberán ser registrados en la AFIP / Nicolás Ríos

A partir del 1 de marzo, todos los contratos de alquiler deberán ser registrados en la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Y los que se hayan firmado a partir del 1 de julio del año pasado y aún se encuentren vigentes también deberán registrarse antes del 15 de abril. Desde el sector inmobiliario aseguran que esta nueva exigencia es otro obstáculo que desalienta a disponer inmuebles para la renta y que termina perjudicando a los inquilinos, porque disminuye la oferta y aumenta los precios.

La obligación de registrar los contratos de alquiler en AFIP por parte de los locadores o propietarios estaba prevista en la nueva Ley de Alquileres (27.551), vigente desde julio de 2020. Sin embargo, ahora se reglamentó este apartado y la disposición empieza a aplicarse en marzo. El plazo para cumplir con este requisito será de 15 días corridos posteriores a la firma y están previstas sanciones para quienes no lo hagan.

Estanislao Puelles Milan, presidente del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Mendoza, opinó que este nuevo requisito no cambia sustancialmente la situación, porque se debería declarar toda actividad económica y pagar los impuestos correspondientes. Sin embargo, planteó que el contexto actual es complicado, ya que la nueva ley de alquileres generó distorsiones, a las que se suma casi un año de congelamiento de los valores por decreto. Para graficar la situación, detalló que desde fines de 2020, ha habido en Mendoza una retracción de un 30% en la cantidad de inmuebles en alquiler.

La normativa que entró en vigencia en julio establece que los contratos de alquiler deben tener una vigencia de tres años y el punto más criticado por las inmobiliarias es que fija una actualización anual en base a un índice que combina, en partes iguales, la evolución del Índice de Precios al Consumidor y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables.

Con esto, lanzó Puelles Milán, se está perjudicando a quien compró un inmueble o lo construyó y se desalienta la inversión. Más si se considera que la rentabilidad actual es la más baja de la historia, pese a que, en 2020, los nuevos contratos aumentaron 45% en promedio.

El titular del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios indicó que resulta extraño, además, que, cuando se inicien acciones legales por un contrato de alquiler -por incumplimiento de alguna de las partes-, el juez deberá notificar a la AFIP de la existencia de ese documento y añadió que la registración podría llevar a que algún contribuyente deba cambiar de categoría y a que, en un futuro, el inquilino también deba justificar los ingresos con los que paga.

Por su parte, Miguel Ángel Astorga, de Astorga Inmobiliaria, manifestó que los propietarios no quieren bajar más su rentabilidad y si deben pagar algo por registrar los contratos, lo van a trasladar al valor del alquiler. Esto, en definitiva, puede desalentar que estas operaciones se hagan en blanco, como sucede cuando interviene una inmobiliaria, y que por el contrario sean acuerdos de partes.

Astorga señaló que hay poca oferta y la que hay es cara por eso mismo. “La ley es buena porque es perjudicial para todos: locatario e inquilino”, bromeó. Si bien los montos actuales pueden resultar elevados para los salarios, la relación de la renta con el valor del inmueble es de 0,4% mensual, cuando históricamente era de 1%. Eso lleva, aseguró, a que algunos propietarios prefieran tener desocupado el inmueble, aunque les genere gastos, antes que comprometerse en un contrato a tres años sin poder acordar la actualización.

Diego Zeballos, de la Inmobiliaria Zeballos, coincidió en que registrar los contratos va a generar más salida de propiedades del mercado y un aumento del valor del alquiler de las que queden. Si bien hasta ahora no se ha hablado de que se deba tributar sobre esto, planteó que se abre la puerta a un impuesto adicional, que se trasladará a la renta.

“Pensar que no se trasladará es ingenuo”, lanzó y para confirmarlo, aseveró que con la aplicación de la ley, los alquileres han aumentado por encima de la inflación. De todos modos, aclaró que el monto está relacionado con el valor de la propiedad y si esta se valorizó, el canon mensual acompañó esa evolución.

Aun así, los valores bajaron en dólares, ya que un alquiler que en febrero de 2020 era de $14 mil, equivalía a U$S200. Para seguir siendo de ese monto en la moneda estadounidense, debería haber subido a $30 mil, cuando en general se han ido a $25 mil. El problema que subyace, manifestó, es la pérdida de poder adquisitivo, tanto del propietario como del inquilino.

Zeballos calificó de “combo explosivo” la ley de alquileres, con la registración ante AFIP, y el DNU que prohíbe el aumento de los contratos ya vigentes y los desalojos a quienes no paguen. Estimó que entre 3 y 5% de los inquilinos no está pagando nada: ni alquiler, ni impuestos ni servicios. “No te quedan ganas de seguir alquilando, pero quien más se perjudica es el inquilino, por la falta de oferta”, manifestó.

Desde AFIP explicaron en un comunicado que la registración de los contratos “permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones”. En tanto desde la organización nacional Inquilinos Agrupados, quienes promovieron la aprobación de la Ley de Alquileres, festejaron que esta disposición permitirá transparentar el mercado inmobiliario y conocer “quiénes alquilan y bajo qué condiciones”.

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