No cobro pensión, jubilación, ni mi prestación: como reclamar el pago a la Anses

El organismo previsional dispone de un aplicativo en su página web, una dirección de correo, y números telefónicos a través de los que se pueden efectuar denuncias anónimas o a nombre del potencial beneficiario.

No cobro pensión, jubilación, ni mi prestación: como reclamar el pago a la Anses
Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

Ante cualquier retraso del organismo previsional, o de un pago no efectuado, o ante cualquier irregularidad, los beneficiarios, o potenciales beneficiarios de Anses pueden iniciar un reclamo, o efectuar una denuncia a través de los siguientes medios:

  • Por internet ingresando a Mi ANSES, eligiendo Iniciar denuncia en la sección “Denuncias”.
  • Por teléfono al número 130.
  • Por escrito mediante correo postal en la Av. Paseo Colón 329, 5° Piso, CABA, de 8 a 16 hs.
  • Personalmente en la dirección indicada o en la Oficina de ANSES más cercana.

Dentro de los 10 días de realizado el reclamo, el área correspondiente de ANSES se pondrá en contacto con el ciudadano para brindar una respuesta sobre la situación planteada.

¿Cómo reclamar el pago de prestaciones, y cuánto se puede tardar la Anses en pagar?

“ANSES se compromete a cumplir con plazos máximos para la realización de sus trámites, recibiendo el reclamo formal de los ciudadanos en caso de no cumplir los tiempos”.

Plazos para los principales trámites:

  • Pensión por fallecimiento de un jubilado: dentro de los 2 meses
  • Trámite completo de jubilación: dentro de los 3 meses
  • Reconocimiento de servicios: dentro de los 3 meses
  • Pensión por fallecimiento de un afiliado: dentro de los 4 meses
  • Retiros transitorios por invalidez: dentro de los 6 meses
  • Prestación por Desempleo: en el momento

¿Cómo obtener mi jubilación o pensión de Anses?

Si cumplís los requisitos, podés solicitar asistencia para iniciar tu jubilación a través del sistema de Atención Virtual.

Para tramitar la jubilación se toman en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de la persona. En general, las mujeres deben tener 60 años, los hombres 65 años, y haber aportado durante 30 años. Esto puede variar según la actividad y las características de la actividad realizada.

Cómo obtener mi pensión: al fallecer un trabajador o un jubilado, el/la cónyuge que enviuda o los hijos menores de edad pueden acceder a una pensión.

Pensión por fallecimiento de un trabajador o trabajadora

Para familiares de un trabajador o trabajadora que al momento de su fallecimiento cumplía la condición de aportante regular o irregular con derecho.

Pensión por fallecimiento de un jubilado o jubilada

Ante el fallecimiento de un jubilado o jubilada, pueden solicitarla los esposos, convivientes o hijos solteros menores de edad.

Pensión Universal para el Adulto Mayor

Para personas mayores de 65 años que no cobren ninguna jubilación o pensión.

Pensión no Contributiva por Vejez

Para personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva.

Pensión graciable ex presos políticos Ley 26.913

Para personas que acrediten haber estado detenidas por causas políticas, gremiales y/o estudiantiles antes del 10 de diciembre de 1983.

Pensión no Contributiva por Invalidez

Para personas que acrediten una disminución del 76% o más en su capacidad laboral y se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

Pensión no Contributiva para Madre de 7 hijos

Para mujeres que tengan o hayan tenido siete hijos o más, de cualquier edad, estado civil.

Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra

Es una prestación vitalicia destinada a ex soldados y sus derechohabientes.

Pensión para ganadores de títulos olímpicos o paralímpicos

Pensión vitalicia y mensual destinada a deportistas que hayan obtenido el primero, segundo o tercer puesto en los Juegos Olímpicos o Paralímpicos.

Solicitud de pensión ante Compañía de Seguros de Retiro

Ante el fallecimiento del titular, los derechohabientes deben acreditarse para que les corresponda el beneficio.

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