Más de 60 mil Pymes mendocinas podrían beneficiarse con una resolución de AFIP

La Administración Federal de Ingresos Brutos anunció una nueva resolución que beneficia principalmente a Pymes, pero también incluye a entidades sin fines de lucro y aquellos que pertenecen al Sistema Sanitario de Salud.

Más de 60 mil Pymes mendocinas podrían beneficiarse con una resolución de AFIP
Se suspenden nuevos juicios fiscales y la paralización de medidas cautelares. Imagen ilustrativa.

En un contexto marcado por la complejidad de la situación económica, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó medidas significativas que impactan directamente en el ámbito tributario. Entre estas decisiones, se destaca la reciente resolución que aborda la Suspensión de Ejecuciones Fiscales y Medidas Cautelares.

Según el escrito, indican: “Informamos que, desde el 1 de febrero de 2024, mediante la Resolución General de A.F.I.P. N° 5482/2024, el Fisco Nacional suspendió, hasta el 31 de julio de 2024 inclusive, el inicio de nuevos juicios de ejecución fiscal, y la traba de medidas cautelares para los contribuyentes”.

Afip, imagen ilustrativa.
Afip, imagen ilustrativa.

A quiénes alcanza la resolución de AFIP

La resolución de AFIP busca aborda la suspensión del inicio de nuevos juicios fiscales y la paralización de medidas cautelares. Para entender mejor de qué se trata esta modificación, Juan Cruz Cardoso, especialista en Derecho Tributario, conversó con Los Andes sobre el tema.

Juan Cruz Cardoso ofreció una visión sobre las implicaciones y alcances de esta resolución de la AFIP. Como especialista en Derecho Tributario, destacó la relevancia de comprender que esta medida no afecta a la totalidad de los contribuyentes, sino que está dirigida principalmente a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y aquellos que pertenecen al Sistema Sanitario de Salud.

En la actualidad, según el Ministerio de Economía de Argentina, en Mendoza hay 62.737 Pymes activas, por lo que esta cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas se verían beneficiadas.

“Dentro de ese universo de contribuyentes hay que tener en cuenta dos cuestiones importantes. El inicio de nuevos juicios, pero no juicios en trámite, o sea que si ya se inició el año pasado un juicio de reducción fiscal, este seguirá. Por otro lado, las trabas en medidas cautelares: si ya se trabaron las medias cautelares anteriores, esa traba va a permanecer vigente, la suspensión es para las nuevas trabas”.

Esto quiere decir que la suspensión no es universal, ya que no aplica a juicios fiscales ya iniciados o a medidas cautelares previamente establecidas. Además, Cardozo subrayó que, aunque se suspenden temporalmente ciertos aspectos, otras facultades del fisco, como inspecciones y determinaciones de oficio, permanecen vigentes.

Siguen vigentes las inspecciones y oficios de AFIP.
Siguen vigentes las inspecciones y oficios de AFIP.

El especialista también resalta el carácter temporal de la medida, con una fecha de expiración fijada para el 31 de julio de 2024, a menos que se renueve. Esta limitación temporal introduce un elemento crucial en la planificación y toma de decisiones para los contribuyentes.

Por qué AFIP lanza esta resolución

En medio de la complejidad de la situación económica actual, la resolución de la AFIP plantea preguntas importantes sobre la equidad tributaria y la eficacia de estas medidas.

Cardoso destacó la naturaleza de estas medidas como beneficiosas, pero bajo ciertas condiciones. Él afirmó que son consideradas positivas cuando se las interpreta como una respuesta única y excepcional a la crisis económica actual. El experto sugiere que estas medidas podrían verse favorablemente dado el contexto de inflación y la dificultad de la población para cumplir con sus obligaciones tributarias.

También enfatizó que la actual crisis económica, marcada por la inflación y la reticencia de las personas a pagar impuestos, justifica la implementación de estas medidas comprensivas. No obstante, el experto también señala que la situación económica de crisis, como la que se repite anualmente durante las últimas dos décadas. Para finalizar, añadió: “La verdad es que es entendible en épocas como esta, pero es injusta para los contribuyentes que sí son contribuyentes cumplidores”.

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