La Nación oficializó la baja de retenciones pero emitió una condición clave para acceder al descuento

Las empresas que vendan al exterior deberán adherirse al régimen, hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles.

La Nación oficializó la baja de retenciones pero emitió una condición clave para acceder al descuento
Soja (La Voz/Archivo).

El Gobierno Nacional oficializó este lunes la baja de las retenciones a las exportaciones de granos, medida que esperaba el sector del campo en el país pero que será limitada hasta el 30 de junio.

La medida apareció en el Boletín Oficial, con el decreto 38/2025 firmado por el presidente, Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

No obstante, habrá condiciones, ya que la medida marca que para tributar menos, las empresas que vendan al exterior deberán adherirse al régimen a través de los mecanismos que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), hacer una nueva declaración jurada con los volúmenes y luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles a partir de la publicación de este decreto.

En caso de no cumplir esta condición, las retenciones que se cobran son las vigentes hasta ayer.

Los sujetos que exporten las mercaderías que se encuentren comprendidas en las previsiones de la Ley N° 21.453 y sus modificaciones podrán acceder a la alícuota establecida en los términos del párrafo precedente en la medida que, adhiriendo a dicho beneficio a través de los mecanismos que a tal efecto establezca la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), liquiden al menos el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95 %) de las divisas respecto de esas mercaderías en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta QUINCE (15) días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa.

Según los anexos de la norma, las retenciones de la soja pasaron del 33% a 26% en la alícuota, y sus derivados de 31% a 24,5%. El trigo pasó del 12% a 9,5%; la cebada, del 12% a 9,5%; el sorgo, del 12% a 9,5%; el maíz, de 12% a 9,5% y el girasol, del 7 al 5,5%.

Por otro lado las economías regionales pasarán a cero, tal como adelantó el Gobierno, tales como el azúcar, el algodón, el cuero bovino, el tabaco, los derivados de la forestoindustria y el arroz.

En el caso del vino, una de las actividades más importantes de Mendoza, ya tenía alícuota cero desde septiembre del 2023, a finales de la gestión de Alberto Fernández.

Por qué se bajan las retenciones

Entre los fundamentos, marcaron que el decreto de baja de retenciones tiene a promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetales.

Por otro lado, indicaron que “los objetivos del Gobierno Nacional, vinculados a la transformación de la política económica, exigen la adopción de medidas que permitan optimizar el uso de los recursos del Estado para acompañar el programa de estabilización macroeconómica”.

“Las medidas responden a la necesidad de crear condiciones favorables para la producción y el comercio exterior, con el objetivo de fortalecer la estabilidad macroeconómica y potenciar el desarrollo del sector productivo nacional”, agregaron.

También dejaron en claro que se busca “potenciar la inserción internacional de la República Argentina, acompañada de un incremento de las exportaciones agroindustriales que hoy representan más del 60% del total exportado por el país y que en el año 2024 han mostrado una performance positiva con un crecimiento en valor superior al 25% respecto del año anterior”.

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