La Justicia laboral suspendió la aplicación del Impuesto a las Ganancias en salarios docentes

El fallo deja sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la ley 27.743 de Ganancias. “Este es el triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones”, expresaron desde el sindicato de docentes.

La Justicia laboral suspendió la aplicación del Impuesto a las Ganancias en salarios docentes
“Seguiremos defendiendo nuestro salario y nuestros derechos ante el ajuste", comunicó el sidicato.

El Juzgado de Trabajo N°13 de la Ciudad de Buenos Aires dictaminó la suspensión de la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre los salarios de los docentes. La medida que fue emitida este viernes también detiene el cobro de este gravamen sobre los adicionales que se calculan en base a dichos sueldos.

La noticia fue confirmada por la Junta Ejecutiva de la CTERA (Confederación de Trabajadores de la Educación) por medio de un comunicado.

El fallo fue emitido como resultado de una medida cautelar, que ordena dejar sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la ley 27.743 de Ganancias. Según la Confederación de Trabajadores de la Educación, la decisión representa un gran avance en la lucha del gremio docente contra la tributación de sus salarios.

“Es de suma importancia porque es el primero respecto al tema planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación”, expresó CTERA.

A su vez, el sindicato de docentes celebró la resolución y la calificó como un “triunfo” de su resistencia. “Este es el triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones y concentraciones frente al Congreso”, expresó en un comunicado.

“Seguiremos defendiendo nuestro salario y nuestros derechos ante el ajuste y atropello a nuestras conquistas”, concluyeron.

Comunicado oficial de la CTERA ante el fallo de la Justicia laboral / Foto X
Comunicado oficial de la CTERA ante el fallo de la Justicia laboral / Foto X

A principios de agosto, CTERA presentó ante la Justicia laboral un amparo con el fin de que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las Ganancias. Cabe destacar que dicho impuesto fue restituido en su cuarta categoría en el paquete fiscal aprobado recientemente en el Congreso y ya reglamentado por el Ejecutivo.

En precisión, la normativa impone el pago de ganancias a los trabajadores a partir de un mínimo no imponible de $1.800.000 para el trabajador/a soltero y de $2.340.000, informó Noticias Argentina.

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