La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de agosto podrán registrarse online entre los días 28 de agosto y 3 de septiembre, inclusive. Para hacerlo las empresas deberán ingresar con clave fiscal en afip.gob.ar.
Aquellas firmas que hubieran registrado una variación nominal negativa en su facturación entre los meses julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario. Por su parte, los empleadores que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%.
El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa. Los Créditos a Tasa Subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de trabajadoras y trabajadores de las empresas beneficiadas.
Por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y trabajadores. La normativa contempla la posibilidad de convertir los Créditos a Tasa Subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Esas pautas serán establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.