Empleadas domésticas: cómo inscribirse para el pago de hasta $22.258 y obra social

Se extendió el período para inscribirse en el Programa Registradas, que fue impulsado por el Ministerio de las Mujeres.

Empleadas domésticas: cómo inscribirse para el pago de hasta $22.258 y obra social
El Gobierno extendió el periodo de inscripción al programa “Registradas” (Archivo).

El Gobierno extendió el periodo de inscripción al programa “Registradas” para empleadas domésticas, un subsidio que fue impulsado por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, que otorga beneficios tanto a empleadores de trabajadores de casas particulares con el fin de que se los anote como es debido. En concreto, el Estado nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora hasta $22.258,75 durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora.

El Programa Registradas fue creado junto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para promover el acceso y la permanencia del empleo de las trabajadoras de casas particulares, garantizar sus derechos y su inclusión financiera y avanzar hacia la igualdad de género.

Está dirigido a:

  • Trabajadoras de casas particulares.
  • Empleadores que registren una nueva relación laboral.

Sus líneas de trabajo son:

  • Incentivo para la formalización y permanencia en el empleo: El Estado nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora hasta $22.258,75 durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora. Dicho monto se actualiza según las nuevas escalas salariales.Transferencia del porcentaje restante por la parte empleadora, pago de los aportes, contribuciones y ART y obligación de mantener el puesto de trabajo los 4 meses posteriores a la finalización del beneficio.
  • Bancarización de las trabajadoras de casas particulares: Apertura de una cuenta gratuita en Banco de la Nación Argentina y acceso a beneficios bancarios.

Esta registración además, permite que la trabajadora acceda a la obra social para los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico es la O.S.P.A.C.P. (Obra Social para el personal auxiliar de casas particulares) y sumar a sus hijos, por ejemplo, a la misma.

En la siguiente página web oficial se puede ver qué cubre el PMO en la actualidad. No obstante, si la empleada doméstica lo desea, puede elegir otra obra social o prepaga.

Personal doméstico
Personal doméstico

¿Quiénes pueden inscribirse?

  • Las trabajadoras de casas particulares deben trabajar 6 horas semanales o más en el mismo hogar.
  • Sus tareas deben estar enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”.
  • La parte empleadora debe tener ingresos brutos mensuales promedio, igual o inferior a $225.937.

Compatibilidades e incompatibilidades:

Registradas es compatible con:

  • Asignación Universal por Hijo.
  • Asignación Universal por Embarazo.
  • Tarjeta Alimentar.
  • Progresar.
  • Programa Potenciar Trabajo.
  • Otros programas.

Registradas no es compatible con:

  • Pensiones no contributivas por invalidez.
  • Pensiones no contributivas para madres de 7 o más hijxs.
  • Pensiones no contributivas por vejez.

¿Cómo y donde inscribirse?

Las inscripciones están abiertas hasta el 31 de diciembre de 2022.

La parte empleadora podrá solicitar la inscripción a este programa en la página web de AFIP.

¿Cuánto cobra una trabajadora o un trabajador de casas particulares?

La categoría más común es “personal para tareas generales”, y cobra por hora $362,50; o por mes $44.517,50; y comprende tareas de limpieza y cocina, no específicas.

Por otro lado, de acuerdo con la escala salarial prevista para el personal de Casas Particulares con retiro y sin retiro, desde junio 2022, establecida por la Resolución 2/2022, la categoría “cuidado de personas” tiene asignado un sueldo por hora de $390,50 (con retiro) y de $49.503 por mes, con retiro.

¿CÓMO CALCULAR TU SALARIO?

  • Los valores de las remuneraciones mensuales reguladas corresponden a una jornada de trabajo de 48 horas semanales.
  • Si trabajás menos de 24 horas semanales, debés tener en cuenta el valor hora de la categoría que te corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas que trabajás.
  • Si trabajás más de 24 y menos de 48 horas semanales, tenés que hacer una regla de tres con el valor mensual de la escala.

Además, las empleadoras y los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes. El concepto estará incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

Se deberá calcular el 1% por cada año trabajado y consignarlo en el ítem “Antigüedad”. El sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados.

A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.

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