Todos los trabajadores deben recibir un Sueldo Anual Complementario (SAC o aguinaldo), y la Ley N° 23.041 establece que debe calcularse sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
La misma norma aclara que se debe pagar el medio SAC este viernes 30 de junio (o hasta 4 días hábiles después), y si tomamos en cuenta un sueldo de hasta dos SMVyM (salario mínimo vital y móvil), un aguinaldo podría equivaler a $87.987.
Si se pudiera depositar en un Fondo Común de Inversión el mismo, en 10 días, se obtendría una ‘ganancia’ (sin contar el efecto de la inflación) de $1.923. Se trata de invertir el dinero los días que se pueda, antes de afrontar los vencimientos de tarjetas de crédito, alquiler, o cualquier otra deuda que se tenga.
La ganancia puede no representar un número demasiado importante, pero es suficiente para comprar un kilo de carne, dos docenas de tortitas; cargar la tarjeta del colectivo y, sobre todo, empezar a generar una conciencia de inversión y ahorro; y se trata de una de las tres alternativas para “invertir el aguinaldo”:
-Invertirlo en una billetera virtual o en un FCI: el rendimiento actual se calcula en un 79% anual; la “guerra de las billeteras virtuales” puede ayudar a los usuarios a ganar más dinero; se trata de revisar cuál resulta más conveniente (tales como Mercado Pago, Ualá, la entidad financiera REBA, etc. para invertir).
-Comprar dólares: quienes pueden comprar dólares en el mercado oficial y luego venderlos en el financiero, podrían obtener una ganancia casi inmediata (hay que esperar 90 días para operar en el mercado oficial si se recurre al MEP).
-Comprar CEDEARS: (Certificados de Depósito Argentino) son instrumentos de renta variable que representan acciones de empresas o ETFs que cotizan en mercados del exterior. Permiten invertir en pesos en empresas como Amazon, Google o Apple, entre otras, y son instrumentos regulados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
¿Cómo utilizar el aguinaldo para que rinda el máximo?
- Evitar la tentación: muchas veces se usa este dinero extra para adquirir cosas que realmente no son necesarias. Por eso es importante ser pensativos y preguntarnos: ¿realmente necesito hacer este gasto? Así evitaremos caer en las tentaciones y será el primer paso para cuidar y hacer rendir al máximo nuestro aguinaldo.
- Ahorro y fondo de emergencia: el ahorro del aguinaldo puede ser vital, ya que puede actuar como un fondo de emergencia para superar algún imprevisto, si es que no se tiene ningún otro ahorro previo. Además, en caso de deudas, se puede utilizar para reducirlas y dejar de pagar costosos intereses.
- Poner el aguinaldo a generar más aguinaldos: es recomendable poner esos ahorros, ese aguinaldo o medio aguinaldo, a trabajar para generar más plata y más ahorros. ¿Cómo se logra? Fácil, invirtiendo. Aunque no se vea al instante, esto va a traer grandes resultados positivos y una mejor calidad de vida futura. Casi sin pensarlo, si se tiene constancia y no se cae en la tentación de gastarlo, en no mucho tiempo se tendrá al aguinaldo generando incluso un aguinaldo por mes o más aún.
Consejos para invertir: entonces, de acuerdo con Ualá, el secreto del aguinaldo es ponerlo a trabajar para nosotros. No obstante, siempre surgen dudas de dónde y en qué es mejor invertirlo. La inversión es, básicamente, la plata que decidimos no utilizar en el presente para obtener un rédito extra en un futuro. Es decir, invertimos esta plata (como por ejemplo en activos financieros tales como fondos comunes de inversión, Dólar MEP, acciones o bonos, etc.) para que en un futuro a corto, mediano o largo plazo dé un beneficio.
Es importante tener presente que invertir siempre supone un riesgo o incertidumbre, por lo que es aconsejable no invertir todo el aguinaldo y dejar algo de plata disponible.
¿CUÁNDO SE PAGA EL AGUINALDO?
El sueldo anual complementario es abonado en dos cuotas (dos medios sueldos):
- El 30 de junio
- y el 18 de diciembre de cada año.
Sin embargo, este mes, muchos podrían no cobrar el día 30, ya que la ley contempla excepciones para cumplir con el pago, previendo posibles dificultades administrativas hacia el interior de las empresas, y tiene que ver con una extensión de hasta cuatro días hábiles.
Este año, el día 30 de junio cae viernes y, por lo tanto, el último día hábil en que será posible cobrar el aguinaldo resulta ser el 6 de julio, fecha para la que ya deberían haber cobrado el aguinaldo todos los trabajadores.