En medio del proceso de aceleración inflacionaria, el Gobierno nacional oficializó este martes su decisión de volver a postergar hasta septiembre próximo la actualización de la carga impositiva sobre los combustibles líquidos.
La decisión fue plasmada en el Boletín Oficial a través del Decreto 285/2022, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
El decreto hace referencia a los incrementos en los montos de impuesto fijados en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del primer párrafo del artículo 7° y en el primer párrafo del artículo 11, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966.
Esos incrementos corresponden al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, y al primer trimestre calendario del año 2022. Estos “surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de septiembre de 2022, inclusive”, dice el texto oficial.
De esta manera, seguirá cayendo en términos reales el dinero que va al fisco como porción de cada litro de nafta o gasoil pagados por los consumidores en las estaciones de servicio.
La ley indica que el Gobierno debe ir actualizando los montos por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministra el Indec, considerando los movimientos acumulados desde el mes de enero de 2018.