Domésticas y niñeras con aumento: cuándo se depositan los $122.042 de septiembre

Las trabajadoras de casas particulares tendrán aumentos hasta el noveno mes del año, y la próxima semana ya deberían cobrar el incremento de agosto. ¿Cuánto cobra cada trabajadora?

Domésticas y niñeras con aumento: cuándo se depositan los $122.042 de septiembre
Domésticas y niñeras con aumentos confirmados: cuánto cobra una niñera en septiembre (Foto: everypixel)

La Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (CNTCP) oficializó, a fines de julio, un aumento salarial del 36%, en cuotas, a liquidarse en agosto, septiembre y octubre de 2023.

La suba correspondiente a julio para el personal con retiro dejó el sueldo por hora en $932,40, y en agosto, en $994,56. Este último es el que deberá abonarse en septiembre, por lo trabajado en agosto, para la categoría más baja.

En septiembre, a cobrar en octubre, será de $1.056,72 por hora, para el personal de tareas generales.

  • El sueldo de agosto, deberá pagarse hasta el 6 de septiembre, para el personal mensualizado; para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.

Los incrementos pactados para el servicio doméstico:

  • 20% para julio.
  • 8% para agosto.
  • 8% para septiembre.
Domésticas, niñeras y cuidadoras de ancianos: se discute un nuevo aumento, ¿cuánto más deberían ganar? (LaVoz/Archivo).
Domésticas, niñeras y cuidadoras de ancianos: se discute un nuevo aumento, ¿cuánto más deberían ganar? (LaVoz/Archivo).

Sueldos según las tareas realizadas:

Tareas generales (limpieza)

Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

  • Con retiro: $995 por hora y $122.042,50 por mes.
  • Sin retiro: $1073 por hora, y $135.709,50 por mes.

Asistencia y cuidado de personas (niñeras y cuidadores de ancianos)

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

  • Con retiro: $1.073 por hora y $135.709,50 por mes.
  • Sin retiro: $1.200 por hora, y $151.234 por mes.
Servicio doméstico-salarios de agosto
Servicio doméstico-salarios de agosto

¿Cómo saber si tenés que cobrar por hora o por mes?

  • Los valores de las remuneraciones mensuales reguladas corresponden a una jornada de trabajo de 48 horas semanales.
  • Si trabajás menos de 24 horas semanales, debés tener en cuenta el valor hora de la categoría que te corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas que trabajás.
  • Si trabajás más de 24 y menos de 48 horas semanales, tenés que hacer una regla de tres con el valor mensual de la escala.

Este sería el caso de, por ejemplo una niñera que trabajara 6 horas diarias de lunes a viernes, es decir, 30 horas semanales. En este caso, el problema matemático a resolver para calcular el salario será: “¿si por 48 horas semanales el sueldo es de $135.709,50 (con retiro), cuánto habrá que pagar por 30 horas?”.

  • Así, la regla de 3 arroja un valor de: $84.818,44 por 6 horas diarias, cinco días a la semana ($135.709,50 x30/48).

Es decir, que se calcula el haber mensual de la categoría, multiplicado por la cantidad de horas trabajadas en un mes, divido por 48.

El servicio doméstico es compatible con asignaciones sociales
El servicio doméstico es compatible con asignaciones sociales

AUH para empleadas domésticas

El servicio doméstico es compatible con las asignaciones familiares, la Tarjeta Alimentar y el Complemento Leche, por lo que una trabajadora puede sumar esos montos a sus ingresos, destinados al sostenimiento de su familia.

Desde septiembre, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo Para Protección Social (AxE) pasarán a ser de $13.674,80.

  • AUH por cada hijo: $13.674,80

Tarjeta Alimentar:

  • Las familias con un hijo de hasta 14 años cobran $ 17.000 mensual;
  • Las familias con dos hijos cobran $ 26.000 mensual,
  • Las familias con tres hijos o más cobran $ 34.000 mensual.

Complemento Leche:

  • Cada mes se entrega $2.147 extra en concepto de apoyo alimentario, para garantizar la provisión de leche y otros alimentos, para niños de hasta 3 años de edad.

Registradas: ¿cuándo es el Gobierno el que paga el 50% del salario de una empleada doméstica?

Continúa abierta la inscripción al Programa Registradas que consiste consiste en la transferencia de una suma del 50% del salario, por parte del Estado nacional, durante 8 meses cuando se trate de poblaciones priorizadas y/o titulares de programas de inclusión laboral, siendo estos:

  • Persona travesti, transexual o transgénero
  • Es o fue titular del “Programa Acompañar”
  • Persona con discapacidad
  • Persona con hija o hijo con discapacidad
  • y 6 meses para el resto de trabajadoras (https://www.afip.gob.ar/registradas/).
Archivo / Los Andes
Archivo / Los Andes

Tarjeta de crédito y préstamos por hasta $200.000

Las personas que trabajan en casas particulares (empleadas domésticas, caseros, cuidadores de ancianos, niñeras, y demás), pueden acceder a una “Cuenta Nación Simple”, que incluye, tarjetas de crédito y débito, acceso a la app, BNA+ y un préstamo personal de hasta $200.000.

Requisitos:

  • Últimos 3 recibos de sueldo consecutivos, del mismo o de distintos empleadores/as.

Monto máximo:

  • Hasta $200.000 para quienes trabajen más de 16 horas semanales y hasta $100.000 para quienes trabajen entre 12 y 16 horas semanales.

Plazo e Interés

  • 36 meses.
  • Clientes que perciban sus haberes a través del BNA, con bonificación de 5 puntos por pago en término, 94,5% (200,66 CFT TEA).

¿Cuándo y cómo debe pagarse el sueldo?

El pago de las remuneraciones deberá realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios. Deberá efectuarse en dinero en efectivo y, si esto no es posible por alguna disposición legal contraria, el pago se realizará mediante cheque a la orden de la trabajadora o trabajador y/o por depósito bancario sin costo alguno para el personal.

Se debe abonar teniendo en cuenta los siguientes plazos:

  • Para el personal mensualizado: dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario.
  • Para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.
Horas extra

Deberás abonar al personal que prestare servicios en horas extras:

  • Un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes.
  • Un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.
Antigüedad

Se deberá abonar un adicional del 1% por año en los salarios mensuales de la trabajadora o trabajador, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. El concepto estará incluido en los recibos como un nuevo ítem para facilitar su identificación.

El cálculo se realiza considerando un 1% por cada año trabajado, que deberá agregarse en cada recibo mensual. La antigüedad se considera desde el 1° de septiembre de 2020, es decir, tomando como 1 año completo al 1° de septiembre de 2021.

El sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados.

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