Cuánto tenés que gastar en un mes para recibir $18.800 por la devolución del IVA

Se trata de una cuenta simple, pero hay que tener en cuenta que el dinero se recibirá siempre que se utilice la tarjeta de débito para concretar la operación.

Foto: José Gutiérrez / Los Andes
Foto: José Gutiérrez / Los Andes

El ministro de Economía Sergio Massa, anunció nuevas medidas para mitigar los impactos de la acelerada inflación argentina, luego de que se conociera el dato de agosto, y se incluye una devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava productos, pero esta tiene un tope: $18.800 por beneficiario.

Además del máximo, hay que tener en cuenta que la devolución se hará solo por la compra de ciertos artículos, y es que, aunque habrá que esperar por la resolución oficial, en base a las declaraciones de Massa, “este programa que se llama Compre sin IVA, representa la devolución de la totalidad del IVA en los productos de la canasta básica”.

Entonces, ¿qué incluye una canasta básica?

La canasta básica alimentaria de julio (último dato disponible en las bases del INDEC), para un hogar de 4 integrantes alcanzó los $111.642; y para 5 integrantes, $117.423. En ambos casos se alcanzaría a recibir la totalidad de lo consumido en devolución de IVA (IVA 21%), siempre que se abonara todo con débito.

Dicha canasta alimentaria incluye pan, galletitas de agua y dulces, arroz, harina de trigo y otras harinas, fideos, papas, batatas, azúcar, dulces, legumbres secas, hortalizas, frutas, carnes, menudencias (hígado), fiambres, huevo, leche, quesos, yogur, manteca, aceite, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, sal fina, condimentos, vinagre, café y yerba.

 Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

¿Pero cuánto habría que gastar en un mes para recibir la totalidad del reintegro?

Teniendo en cuenta un IVA al 21%, habría que gastar alrededor de $90.000 para recuperar $18.800, el máximo señalado por el ministro (con una compra de $89.523,81). Si se gasta menos, el reintegro será menor.

  • Al respecto, el ministro explicó cómo se pondrá en práctica la devolución del IVA:
  • La compra debe realizarse con tarjeta de débito.
  • Pueden realizarse distintas compras en distintos comercios.
  • El reintegro se recuperará a las 48 horas de haber realizado la compra
  • La acreditación se va a ver de forma automática en el banco, bajo la leyenda “Compre sin IVA”

“Cada trabajador y cada jubilado va a tener a lo largo del mes o en las distintas compras que realice, una devolución a las 48 horas de realizada la compra con la tarjeta de débito por hasta $18.800 a lo largo del mes, que es lo que nos permite hoy la legislación vigente”, precisó el funcionario.

El funcionario explicó que se trata de un “esfuerzo fiscal”, sobre la base de “renunciar a otros gastos del Estado” y de reutilizar recursos extraordinarios, producto de la incorporación del Impuesto País (que se paga con la compra del dólar ahorro), en los recursos de recaudación del Estado.

En ese sentido, argumentó que “es la medida más progresiva que podemos tomar en materia impositiva y, además, hacemos un esfuerzo fiscal sobre la base de renunciar a otros gastos del Estado y de utilizar recursos extraordinarios producto de la incorporación del nuevo impuesto, que es el Impuesto País, en los recursos de recaudación del Estado”.

  • Sin embargo, un documento que hizo circular el Ministerio de Economía, ampliaría el tope de la devolución a 23 mil pesos mensuales, es decir, el 21% de la Canasta Básica Allimentaria calculada en $11.642:

¿Qué trámite hay que hacer para recuperar el pago del IVA?

Pagar las compras con tarjeta de débito, y luego, se recuperará el dinero de forma automática.

Las compras se podrán hacer en “todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, que venden este tipo de productos, porque está concentrado para lo que es alimentos y bebidas, frutas y verduras y carne centralmente, así como también los productos de higiene personal y de la canasta del hogar”, de acuerdo con Massa.

¿Qué alimentos tienen un IVA reducido? El otro dato a tener en cuenta

El cálculo se realizó en base a la alícuota más alta con la que se grava el valor agregado (21%), pero existen algunos alimentos por los que se paga un porcentaje menor:

Así, por ejemplo, la Ley 26.151, del año 2006, redujo la alícuota para la harina de trigo; el pan, las galletitas, facturas de panadería y/o pastelería galletas y bizcochos, elaborados exclusivamente con harina de trigo es del 10,50%.

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