Al planear un viaje al exterior, es fundamental conocer las normativas de Migraciones y Aduana para evitar inconvenientes. Aquí te contamos cuánto dinero podés llevar y traer, sobre todo, si es la forma que tenés para ingresar el cobro de algún trabajo que obtuviste desde alguna plataforma extranjera.
En este caso, si se trata de viajar al país vecino (aprovechando la reapertura del PASO), tenés que tener en cuenta que los viajeros mayores de 16 años pueden entrar y salir del país con un importe máximo de USD 10.000, y los menores de 16 con un importe máximo de USD 5.000. Estos límites se computan por persona. “Superados los límites, deberán llenar un formulario en Aduana”.
Para la conversión de monedas deberá tenerse en cuenta el tipo de cambio comprador correspondiente al cierre del día hábil inmediato anterior al del ingreso, comunicado por el Banco de la Nación Argentina.
Otra opción es mandarse el dinero a través de la Western Union, pero en este caso, llegaría pesificado, y la empresa cobrará una comisión por el servicio. ¿Puedo mandarme dinero a mi mismo? Si, en cualquier agencia o tienda de Western Union participante, podrás enviar hasta ARS 3.588.000 por envío de dinero y hasta ARS 3.588.000 totales por mes.
El dinero que se recibe en Argentina es muy similar a la cotización del “dólar blue”, es decir, el cambio no oficial, y por lo tanto, se recibe más dinero que si el cambio se hiciera al oficial. Otras plataformas son Wise, PayPal, Payoneer.
¿Podés ingresar objetos comprados en otro país (franquicia)?
Existe una franquicia para ingresar otros objetos dentro del concepto equipaje (que no sean ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) por vía fluvial o terrestre. El importe de la franquicia es:
- Mayores de 16 años hasta USD 300.
- Menores de 16 años: USD 150.
- Sin franquicia en el free shop de llegada.
Las franquicias se consideran de forma individual y no se pueden acumular. Pueden ser utilizadas en forma conjunta sólo cuando los viajeros constituyen un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos e hijas menores de 16 años no emancipados).
Todos los excesos de franquicia serán alcanzados por el Tributo Único, impuesto que se cobra por el ingreso de mercaderías. La alícuota es del 50% sobre el exceso de la franquicia.
Es importante que no olvides llevar los formularios que presentaste cuando saliste del país y las facturas de tus compras en el exterior.
Para más información, consultá el apartado Objetos permitidos y prohibiciones y el apartado Franquicias de Ayuda sobre Viajeros de AFIP.