Cuánto cobran las empleadas domésticas en marzo con el último aumento

Este mes se aplica la última suba prevista en la resolución 4/2021, con lo que los salarios de estas trabajadoras habrán tenido un aumento del 50% interanual

Cuánto cobran las empleadas domésticas en marzo con el último aumento

En marzo, las empleadas domésticas reciben un 12% de incremento en sus haberes, que corresponde al último ajuste definido en la Resolución 4/2021 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. De esta manera, el monto de la hora con retiro para quienes realizan tareas generales es de $278 y el sueldo mínimo de $34.148,5.

Esta suba se suma a la de 6% en noviembre 2021, 2% de diciembre 2021 y 12% con cláusula de revisión a marzo 2022. En el acumulado anual, desde junio de 2021 a mayo de 2022, el salario obtendrá un aumento del 50%, por debajo de la inflación 2021.

A partir del primer día de este mes, las remuneraciones, según categoría, son:

Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

  • Sueldo mínimo con retiro: $34.148,5 / Por hora: $278
  • Sueldo mínimo sin retiro: $37.973 / Por hora: $299,5

Personal para tareas específicas: cocinero/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.

  • Sueldo mínimo con retiro: $38.920,5 / Por hora: $317,5
  • Sueldo mínimo sin retiro: $43.325 / Por hora: $348

Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

  • Sueldo mínimo con retiro: $37.973 / Por hora: $299,5
  • Sueldo mínimo sin retiro: $42.317 / Por hora: $334

Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

  • Sueldo mínimo: $37.973 / Por hora: $299,5

Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

  • Sueldo mínimo con retiro: $41.892 / Por hora: $335,5
  • Sueldo mínimo sin retiro: $46.663,5 / Por hora: $367,5

La resolución 4/2021 establece que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Subsidio para registrar

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y AFIP crearon el Programa Registradas para promover el acceso y la permanencia del empleo de las trabajadoras de casas particulares, garantizar sus derechos y su inclusión financiera y avanzar hacia la igualdad de género. Las inscripciones están abiertas hasta el 30 de junio de 2022. Tiene dos líneas de trabajo:

  • Incentivo para la formalización y permanencia en el empleo. El Estado nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora hasta $15.000 durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora (que registre una nueva relación laboral). Transferencia del porcentaje restante por la parte empleadora, pago de los aportes, contribuciones y ART y obligación de mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio.
  • Bancarización de las trabajadoras de casas particulares. Apertura de una cuenta gratuita en Banco de la Nación Argentina y acceso a beneficios bancarios.

Para acceder a este beneficio, las trabajadoras de casas particulares deben trabajar 12 horas semanales o más en el mismo hogar. Sus tareas deben estar enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”. La parte empleadora debe tener ingresos brutos mensuales promedio por un monto igual o inferior a $175.000. Los empleadores podrán registrar solamente a una trabajadora.

El programa es compatible con: Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar, Programa Potenciar Trabajo. No es compatible con: Pensiones no contributivas por invalidez, Pensiones no contributivas para madres de 7 o más hijos, Pensiones no contributivas por vejez.

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