Cuándo abre la inscripción para sumar aportes por tareas de cuidado de cada hijo y cuáles son los requisitos

El decreto que oficializa el Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aportes por Tareas de Cuidado fue publicado hoy en el Boletín Oficial de la Nación

Cuándo abre la inscripción para sumar aportes por tareas de cuidado de cada hijo y cuáles son los requisitos
En Argentina, miles de mujeres podrán sumar años de aportes jubilatorios por cuidado de hijos. / Orlando Pelichotti

A través del decreto 475/2021, la Anses oficializó hoy el Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aportes por Tareas de Cuidado, que establece que las mujeres y personas gestantes podrán sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo. El anuncio lo había realizado la semana pasada el presidente Alberto Fernández, junto a la directora ejecutiva del organismo previsional, Fernanda Raverta.

El reconocimiento calculará un año por hijo que haya nacido con vida, dos años por hijo adoptado siendo menor de edad y se adicionará un año por hijo con discapacidad que haya nacido con vida y se incrementará dos años en caso de que haya accedido a una Asignación Universal por Hijo (AUH) por 12 meses consecutivos o no.

Asimismo, se computarán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres y/o personas gestantes que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos. Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).

Las mujeres en edad de jubilarse -con 60 años o más-, que sean madres y no cuenten con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación pueden, desde el 1 de agosto, solicitar un turno en el sitio web de la Anses.

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijos. Esta medida iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse.

A quiénes les corresponde

- Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.

- Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

Cómo realizar el trámite

Con turno previo, DNI y las partidas de nacimiento de los hijos. Si alguno de ellos tiene una discapacidad, se debe presentar también el Certificado de Discapacidad (CUD). Si los hijos son adoptados, es necesario presentar la sentencia de adopción.

¿Qué se puede hacer antes de solicitar el turno?

Se puede revisar si los vínculos familiares están actualizados en Anses. Esto, porque es muy importante que los hijos se encuentren registrados para poder realizar el trámite. Para consultar si están registrados, se debe ingresar a mi ANSES con el CUIL y la clave de la seguridad social, seleccionar la opción “Información Personal” y luego “Relaciones Familiares”.

Si alguno de los hijos no figura se debe actualizar los vínculos familiares, presentando el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de los hijos. Para eso, se puede solicitar un turno para ser atendida en la oficina de Anses más cercana al domicilio.

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