En el país, 3 de cada 4 trabajadoras domésticas no están registradas. Estar en blanco les permite, como a cualquier trabajador, acceder a cobertura médica y jubilación, entre otros beneficios. El trámite para registrar a una empleada que cumple tareas en el hogar, aunque sea sólo por unas horas, se puede realizar por teléfono o desde la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Quienes pagan Ganancias pueden deducir el gasto correspondiente al personal doméstico.
Para iniciar la gestión se debe llamar al 0800-222-2526 (opción 2) o ingresar a la página de AFIP www.afip.gob.ar con clave fiscal 2. Si se carece de ésta, se puede solicitar en este enlace. Es necesario conocer ciertos datos de la trabajadora para dar de alta la relación laboral (algunos habrá que corroborarlos y otros ingresarlos): N° de CUIL, nombre y apellido, fecha de nacimiento, domicilio real, obra social -si no tiene, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares-, si está jubilada, CBU (en caso de estar bancarizada), número de teléfono y correo electrónico.
Una vez que se ingresa con la clave fiscal, se debe escribir el número de CUIL de la empleada y, al hacer click es “Buscar”, aparecerán todos los datos de la trabajadora. En la siguiente pantalla se deben completar varios más, algunos obligatorios y otros optativos.
A continuación, se deben describir las características de la relación laboral: tipo de trabajo, cantidad de horas semanales, modalidad de liquidación, remuneración, modalidad de trabajo, fecha de ingreso, si el trabajo es temporal o fijo. Y luego, los datos del domicilio donde la trabajadora realiza las tareas para las cuales se la contrató.
Una vez que se confirman los datos –en este momento se pueden hacer modificaciones-, el sistema muestra la pantalla de alta exitosa con los pasos obligatorios a seguir: descargar la constancia de alta y pagar la ART. La constancia de alta es el documento que prueba la relación laboral. Una vez impresa, hay que entregar una copia firmada a la empleada, ya que la necesitará para acceder a la obra social y otros trámites.
En cuanto a la ART, una vez que se completa el trámite de alta, se debe pagar la primera cuota para tener cubierto el mes por adelantado. A partir de entonces, se hace junto al pago de los aportes y contribuciones mensuales. En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará de oficio a la empleada una autorizada.
La abogada laboralista Inés Notarstefano le comentó a Clarín que 1 de cada 5 mujeres que están en actividad se dedican a este trabajo y el 87% tiene hijos menores a cargo. Asimismo, resaltó que la registración es compatible con el cobro de la AUH, AUEmbarazo, tarjeta alimentar, Potenciar Trabajo, y programa Acompañar para víctimas de violencia de género; por lo que no debe ser un obstáculo para estar en blanco.
¿Cuál es el costo de tener en blanco a una empleada doméstica?
Con el sueldo del mes, el empleador debe pagar a quienes trabajan menos de 12 horas semanales $ 464,22 ($ 114,32 de aportes, $ 40,35 de contribuciones y $ 309,55 de ART); a quienes trabajan entre 12 y 16 horas semanales, $ 764,14 ($ 211,83 de aportes, $ 80,68 de contribuciones y $ 471,63 de ART); y a quienes trabajan 16 horas semanales o más, $ 2.232,98 ($ 1.408,87 de aportes, $ 117,68 de contribuciones y $ 706,43 de ART).