Cuáles son los pasos para cargar el formulario de Ganancias AFIP 2024

Ya se encuentra habiliado el formulario, quiénes deben hacer este trámite y hasta cuándo hay tiempo.

Cuáles son los pasos para cargar el formulario de Ganancias AFIP 2024
Afip. Ganancias y Bienes Personales. (Web)

El formulario correspondiente al Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) para el ejercicio fiscal del año 2024 ya fue habilitado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Dentro de este proceso, los empleados tienen la oportunidad de informar a sus empleadores acerca de las deducciones, percepciones y otros ingresos derivados de empleos adicionales, en caso de que apliquen.

Impuesto a las Ganancias, imagen ilustrativa.
Impuesto a las Ganancias, imagen ilustrativa.

Quiénes deben completar el formulario de Ganancias según la AFIP

Entre los contribuyentes obligados a realizar esta declaración se encuentran:

  • Empleados en relación de dependencia.
  • Funcionarios públicos.
  • Magistrados.
  • Empleados del Poder Judicial designados a partir de 2017.
  • Jubilados y pensionados.
  • Socios de cooperativas de trabajo.

Gastos deducibles en Ganancias según la AFIP

La AFIP establece ciertos criterios sobre qué gastos son considerados deducibles en el Impuesto a las Ganancias.

Percepciones y Retenciones en Ganancias según la AFIP 2024: La AFIP explica que las percepciones y retenciones son pagos anticipados de impuestos, especialmente en el Impuesto a las Ganancias. Las percepciones se aplican al adquirir bienes, como la compra de dólares, mientras que las retenciones se aplican al vender bienes, como productos en plataformas como Mercado Libre.

En caso de que la suma de percepciones y retenciones supere el monto a pagar, se generará un saldo a favor que podrá ser utilizado en los próximos 5 años desde su origen.

Percepciones, imagen ilustrativa.
Percepciones, imagen ilustrativa.

En situaciones donde no esté alcanzado, se puede solicitar su devolución, siempre y cuando se cumplan con ciertos requisitos, como no estar inscrito en el Impuesto a las Ganancias, no estar inscrito en Bienes Personales, o estar inscrito únicamente en el Impuesto sobre los Bienes Personales por percepciones realizadas bajo el código 217, entre otros. Además, para aquellos empleados en relación de dependencia, no sufrir retenciones del Impuesto a las Ganancias por parte del empleador.

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