En junio, todos los afiliados a medicina prepaga recibirán un aumento del 5,49%. En febrero, marzo y mayo, se venían aplicando dos porcentajes diferentes, según el nivel de ingreso del grupo familiar. Sin embargo, no es que se hayan abandonado los topes, sino que la variación de los salarios fue superior a la del Índice de Costos de Salud, por lo que no se aplica la limitación.
El decreto 743/2022 estableció aumentos mensuales en las cuotas de la medicina prepaga y límites del 90% del Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) -es decir, de la variación de los salarios del sector formal- para quienes tienen ingresos inferiores a seis Salarios Mínimos Vitales y Móviles. Para quienes superan ese techo, se aplica el incremento que tuvo el Índice de Costos de Salud.
Sin embargo, al tomar los valores de referencia para calcular la suba de las cuotas en junio, el Ripte muestra una variación del 8,72%, con lo que el 90% de tope daría como resultado un 7,58% de aumento, mientras que los costos del sistema sanitario aumentaron un 5,49%. Por eso, se aplica este último porcentaje para todos los afiliados.
Esta misma situación ya se había dado en abril, mientras que los límites se fijaron en febrero, marzo y mayo. Este mes, se aplicaron dos incrementos diferentes, del 3,43% y del 4,76%. Con la suba de junio, quienes accedieron al beneficio en todos los meses -se debe renovar en forma mensual la solicitud-, habrán tenido un aumento acumulado en el primer semestre del 31,5%. En cambio, quienes perciben más de seis SMVM, habrán tenido uno del 40,9%.
Cómo limitar los aumentos
El primer requisito para acceder a un tope en el aumento de las cuotas de las prepagas es tener un ingreso familiar inferior a los seis salarios mínimos. El segundo, es completar la declaración jurada disponible en la Superintendencia de Servicios de Salud.
Se debe tener en cuenta que el trámite deberá completarse todos los meses, porque la suba diferenciada será mensual y, además, para actualizar los datos por la variación de los ingresos de los afiliados y del valor del salario mínimo vital y móvil.
Para ello, es necesario ingresar al portal Mi SSSalud, hacer clic en “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas” y completar el registro.
Sin embargo, si no se ha adherido al servicio en el sitio de AFIP, se deben completar ciertos pasos (por única vez). Hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP de la siguiente manera:
- Buscar la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y hacer clic para seleccionar los servicios disponibles. Seleccionar “Mi SSSalud”.
- Una vez seleccionado Mi SSSalud, confirmar la adhesión al servicio.
- Hacer clic en CONFIGURACIÓN para pasar a otra pantalla que permitirá ver todos los permisos que se tienen.