El ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad, presentó en la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Asuntos Tributarios el proyecto de ley de ratificación del Consenso Fiscal firmado en diciembre de 2021. Allí se incluye un artículo de especial interés para quienes deseen acceder a un crédito hipotecario y que podría significar pagar cuotas más bajas en el futuro.
En concreto, el artículo 4 del proyecto destaca que, “los créditos hipotecarios quedarán exentos del impuesto sobre los ingresos brutos”, y se incorpora como inciso 34 en el Artículo 189 del Código Fiscal, la exención para “los ingresos derivados de los créditos hipotecarios que otorguen entidades financieras sujetas a la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias”.
Según explicó Fayad a Los Andes, “hoy lo que están gravados de manera general, son todos los préstamos que otorgan las entidades financieras, salvo que se otorgue (una excepción) explícitamente”. Con la excepción de los préstamos que otorga el IPV (Instituto Provincial de la Vivienda) y los que fueron otorgados en el marco del Procrear que no lo pagan.
De ser aprobada sin cambios, “a partir de la entrada en vigencia de la norma, los préstamos que se otorguen no pagarán ingresos brutos sobre los intereses, que es la base imponible del impuesto. La alícuota que hoy se está aplicando es la misma que hoy pagan todas las entidades financieras que es del 7%, con lo cual pasaría del 7% de alícuota a una exención”, explicó Fayad.
“La alícuota se calcula sobre el interés no sobre la cuota (la cuota tiene un componente de interés y otro de capital). En los créditos hipotecarios el interés tiende a ser bajo, por tratarse de créditos a largo plazo, pero de todas maneras sería una rebaja del 7% al 0% para el interés”, recordó el ministro.
Herramientas para reducir la mora
De acuerdo con el funcionario, el Consenso Fiscal lleva a la provincia a reducir alícuotas de ingresos brutos y de sellos, y se aprovechó también para sumar herramientas que ataquen “de manera directa el problema de la mora”.
“El proyecto tiene algunos artículos que adecuan y disminuyen las alícuotas de ingresos brutos para algunas actividades, sobre todo las de servicios. También estamos presentando una exención de impuesto a los Ssellos para los préstamos que se destinen a proyectos de inversión. Estamos disminuyendo la alícuota de sellos para algunas transacciones de compraventa de vehículos y estamos presentando nuevos planes de pago, sobre todo haciendo foco en aquellos contribuyentes que durante la pandemia no pudieron hacer frente a sus impuestos patrimoniales”, sumó, al momento de la presentación del presentación del proyecto en Diputados.
Entre los puntos más relevantes del proyecto, en el ámbito de reducciones de alícuotas se destacan:
- En las actividades correspondientes al rubro servicios sociales, comunales y personales, la alícuota establecida no podrá superar 4,75%.
- Los créditos hipotecarios quedarán exentos del impuesto sobre los ingresos brutos, lo que beneficia a los tomadores del crédito, con disminución en las cuotas. Pasan del 7% al 0% (calculado sobre el interés del préstamo).
- Por otro lado, se reducirá la alícuota del impuesto de sellos por la transferencia de vehículos, siendo de 3% para la inscripción de cero kilómetro y de 1% en el caso de usados.
- Se plantea eximir de impuesto a los sellos a los instrumentos por los cuales se financien proyectos de inversión radicados en la provincia cuyo destino sea la adquisición de bienes de capital, construcción, ampliación o remodelación de instalaciones necesarias para la producción y comercialización de bienes o servicios.
Acciones para reducir la mora: facilidades para los contribuyentes:
- La Administración Tributaria Mendoza (ATM) concederá planes de pago de hasta 48 meses, pudiendo extenderse a 60 meses, para deudas en impuestos patrimoniales en los casos en los que los contribuyentes no hayan registrado deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019, es decir, previo al inicio de la pandemia. Esta extensión también aplica para los casos de concursos o quiebras.
- Se plantea la reducción de 10% en los intereses correspondientes a impuestos patrimoniales cuando los contribuyentes cancelen en un solo pago. Este porcentaje podrá incrementarse hasta 25% siempre que los contribuyentes no hayan registrado deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019.
- La ATM podría también realizar convenios con los municipios para la cobranza de impuestos provinciales.