Tras la implementación de la Ley 9378, que establece quitas del capital adeudado de hasta un 60%, 788 adjudicatarios del Instituto Provincial de Vivienda (IPV) cancelaron anticipadamente sus créditos hipotecarios. Movimiento por el cual el organismo ha recaudado -en los primeros 15 días desde su implemantación- 8,5 millones de pesos en concepto de cancelaciones.
Según señalaron fuentes del IPV, esta operatoria es exitosa porque se espera que unos 35.000 adjudicatarios en la cartera de créditos puedan adherir a este beneficio. Al que se suma un descuento adicional del 10% para aquellos beneficiarios que se encuentren al día con sus cuotas o que deban hasta tres cuotas. El objetivo del organismo es depurar su cartera de créditos para mejorar la administración de los 60.000 créditos vigentes.
Para Marta Ontanilla, titular del IPV, esta operatoria le permitirá la cancelación de las viviendas o de créditos hipotecarios a 35.000 mendocinos “por medio de importantes descuentos, que de otra manera no los podríamos llevar a cabo”. En tanto que sobre el monto promedio de las deudas explicó que es difícil poder determinar un valor porque cada adjudicatario tiene una situación particular, “hay que evaluar el monto de la deuda y desde que fecha la tiene, para poder aplicar uno de los descuentos establecidos en la operatoria”.
Ejemplos prácticos
Para los beneficiarios que quieran acceder a esta operativo de cancelación del crédito, si su saldo cancelatorio es menor al equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles (SMVyM) los descuentos iníciales serán de 60%. Recordemos que desde el mes de junio el SMVyM quedó fijado en $ 45.540, por lo tanto de los adjudicatarios cuyo saldo sea de un monto menor a $ 91.080 (menos la quita del 60% fijada, $72.864), deberían pagar $18.216.
En tanto que para los adjudicatarios cuyas viviendas fueron entregadas y comenzaron a pagar su crédito antes del 31 de diciembre del 2005, corresponde una quita de 50% del valor siempre y cuando el monto adeudado sea mayor al SMVyM. Por su parte, para quienes comenzaron a abonar su crédito a partir del 1 de enero de 2006 y hasta el 31 de diciembre de 2015, la quita programada es del 40%.
Como ejemplo, desde el IPV, dieron a conocer un caso testigo: un adjudicatario que recibió un departamento en Guaymallén (en el año 2006) y que actualmente posee un saldo cancelatorio de $37.500 (monto inferior al equivalente a dos SMVyM), y por encontrarse al día con sus cuotas se beneficiará con una quita de 70%, es decir del 60% fijado por el operativo y de un 10% adicional por cumplimiento. En números duros saldará su deuda con el IPV por $11.250, lo que significa una bonificación de $26.000.
Cabe aclarar que los adjudicatarios podrán acogerse a estos descuentos hasta el 31 de marzo de 2023. En el caso de que deseen cancelar sus créditos y no se encuentren alcanzados por la Ley 9378, igualmente podrán hacerlo, pero con un descuento del 20%. Los interesados deben ingresar la página web del IPV (ipvmendoza.gov.ar) y allí despejar sus dudas. Mientras que en la sección “Cancelá tu casa” podrán descargar o imprimir la boleta con los descuentos correspondientes.
Beneficios de la cancelación
Además de las quitas establecidas en la Ley 9378, se contempla la posibilidad de regularizar la titularidad de las viviendas por transferencia, en caso de que hayan sido adquiridas mediante boleto de compra/venta, cesión de derechos, permuta o, cualquier otra acción traslativa de derechos. También se podrá regularizar la situación de los ocupantes que puedan demostrar más de cinco (5) años en la vivienda, entre otros requisitos establecidos en la ley.
Para Orellana la regularización del dominio de las viviendas “va a permitir que las familias puedan escriturar su vivienda aunque tengan deuda con otros organismos. Esta es una de las herramientas más valiosas que nos dio la ley de Regularización que se aprobó en la legislatura este año”. Es decir que de acuerdo a lo establecido por la normativa, quienes deseen acceder a la escrituración lo podrán hacer aun cuando registren deuda con diversos organismos públicos (ATM, Municipalidad, Ecogas u otro organismo prestatario de un servicio).
Sin embargo, destacaron desde el IPV que esta situación que para muchos adjudicatarios de viviendas sociales que ha significado un obstáculo inicialmente ahora será simplificado. En otras palabras, estas deudas no van a ser condonadas al momento de la escrituración, porque al ser reconocidas por los beneficiarios se les permitirá el poder continuar con el trámite (de un plan de pago) para su futura cancelación.
¿Qué es la Ley 9378?
La Ley Provincial Nº 9378, sancionada por la Legislatura a fines de marzo, establece un marco jurídico para la regularización dominial de las viviendas entregadas y financiadas por el Instituto Provincial de la Vivienda, además de determinar un régimen especial de cancelación anticipada de los créditos de soluciones habitacionales.
También facultar al IPV a desadjudicar o revocar el acto administrativo que haya dado lugar a la posesión de la vivienda, siempre que ello haya sido debidamente contemplado en las normas de aplicación y cumpliendo con el debido proceso legal, cuando un tercero acredite en forma fehaciente y con intervención de inspectores del Organismo que la ocupa efectivamente en lugar de quien estaba obligado a hacerlo, en calidad de poseedor sin título, por un plazo no menor de cinco (5) años en forma pública, pacífica y continua.