La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a realizar las devoluciones a monotributistas y autónomos que pagaron el impuesto integrado y la cuota de jubilación mediante débito en cuenta bancaria y cumplieron con los requisitos correspondientes. Lo cierto es que según lo dispuesto por la Resolución General 4.309, la AFIP debía haber efectuado las devoluciones en marzo de 2024, por lo que el reintegro tiene una demora de dos meses.
En breve, el organismo debería hacer lo mismo respecto a los que pagaron con débito en tarjeta de crédito, indicó el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.
El artículo 43 de esa Resolución General explica que “el reintegro a que se refiere el artículo 31 del decreto 1/2010 y su modificatorio, se efectuará durante marzo de cada año calendario y se otorgará únicamente a quienes hayan efectuado sus pagos mediante: a) Débito directo en cuenta bancaria: b) Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito”.
En la práctica, las devoluciones se verán desvalorizadas aproximadamente un 15% por el efecto de la inflación del último bimestre, advirtió Domínguez.
Y aclaró que, “así como la AFIP exige intereses cuando un contribuyente paga fuera de término, debería reconocer en forma automática intereses a favor de los contribuyentes cuando no efectúa este reintegro en tiempo y forma”.
“El problema es que no se devengan esos intereses porque la devolución no es por un trámite iniciado por los contribuyentes sino en forma automática por los procesos de la AFIP que controlan el cumplimiento de los requisitos”, añadió.
Para Domínguez, la solución es modificar la norma y establecer que se devengan intereses a favor de los contribuyentes cuando la AFIP no cumpla con la devolución en marzo.
El tributarista señaló además que, si bien es habitual que la información de los reintegros esté en el servicio “CCMA–Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal, todavía no están cargadas las devoluciones por los pagos de 2023.
En ese servicio, se indica si el beneficio es acreditado o no, el monto de la devolución y los motivos por los que se otorgó el reintegro o se rechazó.
Por ahora, la AFIP tiene actualizados los datos sólo hasta las devoluciones de 2023 por las cuotas pagas de 2022, comentó Domínguez