Cambios en el ATP: Hasta el viernes se pueden inscribir las empresas para créditos a tasa subsidiada

La AFIP extendió el plazo para la inscripción para estos préstamos, disponibles para las firmas que participaron del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

Cambios en el ATP: Hasta el viernes se pueden inscribir las empresas para créditos a tasa subsidiada
Aplazaron el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el viernes 21 de agosto, inclusive, el plazo para que las empresas tramiten un Crédito a Tasa Subsidiada. El financiamiento para el pago de los salarios de julio de trabajadores está disponible para empleadores inscritos en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) que registraron en junio una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30% en relación con el mismo mes del año pasado.

El trámite se inicia a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante una entidad bancaria que es seleccionada por cada empresa. La extensión del plazo apunta a facilitar el acceso a una de las herramientas del Programa ATP para ofrecer alivio a los empleadores afectados por la pandemia del Covid-19.

Los Créditos a Tasa Subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de trabajadoras y trabajadores de las empresas beneficiadas. Por eso, el financiamiento se acredita directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y trabajadores

La tasa de interés será fija y su nivel dependerá de la magnitud en la variación nominal de la facturación de cada empresa entre los meses de junio de 2020 y 2019:

¿Cuál es el monto máximo de cada crédito?

Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

En ningún caso, el monto del crédito a tasa subsidiada podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de los trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020. De esta forma, una empresa con 10 empleados, que cumpla con los criterios de elegibilidad, podrá solicitar un máximo de hasta $202.500.

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