Con la aplicación de la Ley de Alquileres vigente, los contratos que se celebraron en septiembre del año pasado deben actualizarse este mes siguiendo el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica el Banco Central. Así, con una simple fórmula es posible calcular cuánto pagarán los inquilinos durante el próximo año.
El ICL tiene una actualización diaria que se conoce con algunos días de anticipación. Al día de hoy, el BCRA tiene disponible el índice hasta el día 16 de septiembre, por lo que propietarios e inquilinos que celebraron contratos hasta el mismo día del año pasado podrán obtener el dato exacto de cuánto les corresponderá cobrar o abonar, respectivamente, en los próximos días.
La fórmula para el cálculo del aumento es muy sencilla: se toma el total del alquiler dividido por el índice con fecha de cuando se firmó el contrato, multiplicado por el índice del día en que se aplica el aumento sobre el mismo.
De esta manera, si el contrato fue celebrado el 7 de septiembre de 2020, el índice de ese momento era de 1,03 puntos. Al día de hoy, ese indicador alcanza los 1,51 puntos. Es decir, tomando un alquiler base de $20.000, lo que debería recibir el propietario con la actualización sería $29.320,38 (($20.000/1,03)x1,51)). Algo que también se puede en la página Calcular Alquiler.
La opinión de propietarios e inquilinos de la Ley de Alquileres
Conforme a un estudio realizado por el portal de propiedades Zonaprop, en Argentina 8 de cada 10 propietarios encuestados consideran que la nueva normativa los perjudicó. Tan solo un 18% manifestó haber sido beneficiado.
¿Qué es lo más desfavorable de la Ley de Alquileres? Siguiendo con los datos de este estudio, un 58% se vio afectado por la indexación anual del aumento del alquiler y otro 58% por la extensión del plazo del contrato a tres años. En tanto, un 44% no está de acuerdo con tener que registrar el contrato de alquiler en la AFIP y un 40% percibe como negativo no poder elegir el tipo de garantía que le interesa que presente su inquilino. Así mismo, un 26% cuestiona que ya no se puede requerir más de un mes de depósito.
Entre los aspectos positivos de la ley, del 18% que se vio favorecido, el 41% de ellos destacó la indexación anual del aumento del alquiler. Un 31% encuentra beneficiosa la extensión del plazo del contrato a tres años. Un 25% menciona como aspecto positivo poder brindarle el beneficio al inquilino de que elija el tipo de garantía que desee y un 16% se encuentra conforme con tener que registrar el contrato de alquiler en la AFIP.
Con esta realidad, el 74% de los consultados pudo rentar su inmueble, mientras que un 26% restante aún no lo consiguió. Entre los que pudieron concretar el alquiler, la mayoría demoró más de cuatro semanas en concretar la operación.
Los saldos negativos en la normativa se replican por el lado de los inquilinos, donde el 68% considera que el cambio no fue favorable, mientras que el resto lo encontró positivo. La mayoría de los que se sienten perjudicados (72%), lo atribuyen al aumento de precios y la baja oferta en las propiedades. Un 52% está en desacuerdo con el aumento del valor del alquiler mediante la indexación anual y un 13% destaca como negativa la extensión del plazo de contrato a tres años.
Entre los que se sienten beneficiados, un 61% considera importante el no tener que pagar más de un mes de depósito, el 55% ve una ventaja en el contrato de tres años, un 53% poder elegir el tipo de garantía que desee y un 51% resalta la indexación anual del aumento del alquiler. Por último, un 48% define como favorecedor no tener que pagar expensas extraordinarias ni arreglos de la propiedad.
Al día de hoy, un 66% de los inquilinos consultados afirma que se encuentra en búsqueda de un nuevo hogar para vivir, mientras que un 34% cuenta que ya consiguió rentar una propiedad. De los que alquilaron, un 68% demoró más de cuatro semanas en concretar la operación.