Entre febrero y marzo los entes públicos nacionales autorizaron incrementos para los servicios de gas y energía eléctrica que afectan los componentes de generación de la energía dentro de lo que se factura mes a mes, y este mes, los consumidores notarán el impacto en las facturas.
En el caso de la luz, la última actualización corresponde al periodo trimestral de verano (del 1 de febrero al 30 de abril de 2023), y significó un impacto general promedio del 12%. Transcurridos los 60 primeros días desde la aplicación del mismo, los nuevos valores rigen para cada kilovatio consumido.
Sin embargo, no todos los usuarios vieron el mismo impacto sobre sus facturas, sino que, según sus ingresos, se notará de la siguiente manera:
•Nivel 1 (Ingresos Altos): establece una reducción del subsidio nacional del 40%, cuyo impacto a usuario final en la factura será del orden del 20%. •Nivel 2 (Ingresos Bajos): mantiene los valores vigente, es decir sin modificación. •Nivel 3 (Ingresos Medios): Hasta los 400 kWh mes (800 kWh bimestrales) establece una reducción del subsidio nacional del 20%; en tanto a los consumos excedentes se les aplica una reducción del subsidio del 40%. El impacto en la factura a usuario final promedio es del 13%.
Aumento del VAD en la luz
Asimismo, el pasado 14 de marzo, tuvo lugar una audiencia pública por el Valor Agregado de Distribución, otro de los componentes de la factura, para el que las distribuidoras pidieron una actualización con un impacto en los usuarios del 20%, pero el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) autorizó el 15,2% en promedio.
Ahora bien, este no se aplicará hasta tanto no se publique el decreto del gobernador Rodolfo Suárez. De concretarse el porcentaje concedido por el EPRE, los consumidores residenciales que no superen los 299 kilovatios/hora por bimestre (categoría R-1) pasarán a pagar $560 más ($280 por mes), y por encima de ese consumo, $1.470, hasta 599 kw. Los usuarios que superan los 600 kw al mes, $4.100 extra por bimestre.
El VAD representa un 42% de las facturas que los usuarios pagan por el servicio eléctrico. El resto se corresponde al costo de la energía (37%) e impuestos (29%).
Aumento del gas en abril
El Enargas publicó los cuadros tarifarios con incrementos en el precio del fluido en torno al 28%, con un impacto en la factura del 21% para un cuarto de los usuarios y del 18% para la gran mayoría de ellos.
Dicho incremento se dio en el mes de marzo, pero por la forma en que se mide el consumo (bimestral), el mayor impacto podría darse entre este y el próximo mes, cuando hayan pasado los 60 días de vigencia del cuadro tarifario.
Así, según explicó en ese momento, Juan Manuel García, jefe de relaciones institucionales de Ecogas, el periodo que la distribuidora toma en cuenta para calcular una factura de gas tiene 60 días, aunque los usuarios reciban luego facturas mensuales, la lectura es bimestral, y “si un medidor leyera hoy, tendría dos días con un cuadro tarifario con aumento y otros 58 con el anterior”.
García señaló entonces, que los impactos se irán viendo de forma progresiva hasta tanto hayan transcurrido 60 días posteriores al primero de marzo.
“El impacto del 28% no es directo, es solo sobre el gas PIST y de los cuatro compenentes de la factura, solo uno se vio modificado”, señaló García y aclaró que, Mendoza sigue manteniendo la calificación de “Zona Fría”, que incluye descuentos del 30% al 50%, pero esto ya se vio aplicado en facturas anteriores (la norma se reglamentó en agosto pasado), y esto hace que, de todas maneras un usuario pueda tener en cuenta la última boleta y esperar un aumento del 21% o del 18%.
“La quita de subsidio define cuánto vas a pagar por m³ de gas consumido, y se multiplica por el total de consumo. A ese resultado se le aplica el descuento por Zona Fría. El beneficio de Zona Fría es sobre el cerrado de consumo, y el precio del PIST se calcula teniendo en cuenta el subsidio”, agregó.
Segmentación: el formulario continúa abierto
Mediante el Decreto N° 332/22 se estableció la segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de gas natural por redes, con “criterios de justicia y equidad distributiva”; compuesto por tres niveles: Nivel 1 (Mayores Ingresos); Nivel 2 (Menores Ingresos); y Nivel 3 (Ingresos Medios).
1- Segmento de ingresos altos
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
- Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $572.386,50 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $686.863,80
- Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- Tener 3 o más inmuebles.
- Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
2- Segmento de menores ingresos
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a $163.539 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $245.308,50 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 1 inmueble.
- No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $245.308,50 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
- Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $163.539 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
3-Segmento de ingresos medios
Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos mensuales totales entre $163.539 y $572.386,50 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $245.308,50 y $572.386,50 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 2 inmuebles.
- Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.