Atención monotributistas: AFIP confirmó cuándo deben recategorizarse

La Administración Federal de Ingresos Públicos detalló sobre las fechas para realizar este importante trámite esencial para los usuarios de este sector.

Cuáles son las nuevas categorías del monotributo y cuándo debe hacerse la recategorización.
Cuáles son las nuevas categorías del monotributo y cuándo debe hacerse la recategorización.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encarga de la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos nacionales, los recursos de la seguridad social y el control de las actividades del comercio exterior, con el objetivo de administrar y regular el sistema tributario. En ese sentido, el organismo ha informado las fechas claves para la recategorización de las personas inscritas en el Monotributo.

Los monotributistas se verán afectados por recientes modificaciones aprobadas en la Ley Bases. Por un lado, se han incrementado en un 300% los topes de facturación anual, las cuotas mensuales a pagar y varios otros parámetros establecidos en el régimen del Monotributo. Además, a partir del período fiscal 2025, el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes tendrá una actualización semestral de parámetros basada en la inflación.

La Afip confirmó cuándo debe realizarse la recategorización del monotributo.
La Afip confirmó cuándo debe realizarse la recategorización del monotributo.

Por otro lado, hubo una propuesta para derogar el esquema conocido como monotributo social, pero finalmente no fue aprobada, manteniéndose así los beneficios para los trabajadores de la economía popular.

La recategorización del Monotributo para 2024 se realizará desde enero hasta julio, con evaluaciones cada seis meses. De esta forma, los contribuyentes pueden revisar si necesitan cambiar de categoría para la segunda mitad del año. Desde el 1º de julio hasta el 20 del mismo mes, se podrá iniciar el trámite correspondiente en AFIP.

Las nuevas escalas son:

  • Categoría A: pasa de $ 2.108.288,01 a $6.450.000: alza de 206%
  • Categoría B: pasa de $ 3.133.941,63 a $9.450.000: 202%
  • Categoría C: pasa de $ 4.387.518,23 a $13.250.000: 202%
  • Categoría D: pasa de $ 5.449.094,55 a $16.450.000. 202%
  • Categoría E: pasa de $ 6.416.528,72 a $19.350.000: 202%
  • Categoría F: pasa de $ 8.020.660,90 a $24.250.000: 202%
  • Categoría G: pasa de$ 9.624.793,05 a $29.000.000: 201%
  • Categoría H: pasa de$ 11.916.410,45 a $44.000.000: 269%
  • Categoría I: pasa de $ 13.337.213,22 a $49.250.000: 269%
  • Categoría J: pasa de $ 15.285.088,04 a $56.400.000: 269%
  • Categoría K: pasa de $16.957.968,71 a $68.000.000: 301%.

En tanto, la cuota mensual total a pagar (impuesto, aporte a la jubilación y salud) tendría los siguientes valores para locaciones y servicios:

  • Categoría A: de $ 12.128,39 a $26.600: un aumento de 119,3%
  • Categoría B: de $ 13.561,75 a $30.280: 123,3 %
  • Categoría C: de $ 15.503,51 a $35.458: 128,7
  • Categoría D: de $ 19.497,94 a $45.443,80: 133,1%
  • Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18: 138,8%
  • Categoría F: de $ 33.137,61 a $80.983: 144,4%
  • Categoría G: de $ 38.694,95 a $123.696,20: 219,7%
  • Categoría H: de $ 66.111,51 a $280.734,68: 324,6%
  • Para las restantes tres categorías añadidas a locación y servicios, las cuotas serían de $517.608,55, $626.931,97 y $867.084,75 mensuales.

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