La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, oficializó cambios que impactan las transferencias de dinero entre cuentas propias en Argentina. A través de la Resolución General 5512/2024, se actualizaron los montos que obligan a los bancos y billeteras virtuales a reportar movimientos, saldos y consumos de sus clientes.
El objetivo, según comunicó la ARCA en su sitio oficial, es reforzar el monitoreo de las operaciones financieras mediante actualizaciones semestrales atadas a la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC. Los cambios habilitan multas, bloqueos de cuentas y reportes ante organismos como la Unidad de Información Financiera (UIF).
Billeteras virtuales deberán informar a la AFIP cualquier movimiento que supere $30.000 (Imagen ilustrativa / Web)
El incumplimiento de los reportes o la falta de documentación podría derivar en multas o bloqueos de cuentas.
Medidas de ARCA que pueden derivar en multas por transferencias de dinero en Argentina
Desde 2025, la ARCA puede iniciar investigaciones o sancionar a usuarios que realicen transferencias mayores a $600.000 entre cuentas propias o que mantengan saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000. Además, operaciones a través de billeteras virtuales que superen los $2.000.000 también están bajo especial vigilancia.
Según el comunicado oficial, “las actualizaciones responden a las variaciones semestrales del IPC determinado por el INDEC”, en el marco de la Resolución General 5512/2024. De no justificar adecuadamente el origen de los fondos o incumplir con los pedidos de información, el usuario podrá enfrentar sanciones económicas, el bloqueo preventivo de cuentas o el reporte ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
La ARCA precisó que “el organismo controlará todas las operaciones que superen los umbrales fijados”, estableciendo la obligación de reportar movimientos financieros en tres escalas: a partir de $600.000 en consumos y movimientos de billeteras, $1.000.000 en acreditaciones bancarias y saldos finales, y $2.000.000 para transferencias a través de billeteras virtuales. Esta información debe ser suministrada por las entidades financieras en pesos argentinos, y en caso de montos en moneda extranjera o criptomonedas, se requiere la conversión correspondiente.
¿Qué documentación puede exigir la ARCA ante una investigación por transferencias?
Si un usuario supera los montos establecidos y es objeto de revisión, la ARCA podrá solicitar documentación adicional para justificar la legalidad del dinero transferido o mantenido en cuenta. Entre los documentos requeridos se incluyen:
- Facturas que respalden la compra o venta de bienes y servicios.
- Contratos o escrituras de compraventa de inmuebles, vehículos o acciones.
- Recibos de sueldo, comprobantes de haberes o pagos de jubilaciones y pensiones.
- Comprobantes de facturación reciente para monotributistas o autónomos.
- Constancia de inscripción en ARCA.
- Certificación del origen de los fondos firmada por un contador público.
Además, ARCA puede solicitar información específica sobre las cuentas utilizadas, como tipo de cuenta, CBU o CVU, cantidad de titulares e identificación de los involucrados, siempre que los montos en cuestión superen los valores determinados en la normativa vigente. Ante incumplimientos o demoras en la respuesta, se habilitan mecanismos de sanción que pueden complicar seriamente la operatoria financiera de los usuarios.