La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofrece a los titulares de asignaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), jubilados y pensionados un reintegro de hasta $8.000 por compras con tarjetas de débito y QR.
La medida rige actualmente mediante la resolución general 5.360/2023, publicada en el Boletín Oficial, donde se establecen los topes según grupos sociales.
REINTEGRO DE HASTA $8.000 PARA TITULARES DE ASIGNACIONES Y JUBILADOS
La AFIP duplicó los montos máximos de los reintegros, que comprenden un 15% del valor de compra, y es válido para los consumos en farmacias, supermercados, comercios minoristas y mayoristas.
- Aumentó de $ 2.028 a $ 4.056 por mes por titular de jubilación, pensión y/o asignación universal
- Aumentó de $ 4.057 a $ 8.114 en el caso de percibir dos o más asignaciones
Para acceder al beneficio, los consumos deben ser realizados con la tarjeta de débito asociada donde se cobra la prestación. Es válido hasta el 31 de diciembre de 2023.
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 de cada jornada en la cuenta bancaria de donde se cobra la prestación o asignación.
También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL REINTEGRO DEL 15%
Podrán acceder al beneficio, las personas deben pagar con su tarjeta de débito / QR y:
- Cobrar una jubilación mínima ($70.938).
- Cobrar una pensión mínima por fallecimiento.
- Ser beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc).
- Ser titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Ser titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
QUIÉNES ESTÁN EXCLUIDOS DEL REINTEGRO DEL 15%
- Jubilados que cobran por encima del haber mínimo.
- Trabajadores autónomos o en relación de dependencia.
- Monotributistas (excepto adheridos a Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o especial para pequeños productores agrarios).
- Quienes tributen Ganancias o Bienes Personales.