Anses: cambió un requisito en el SUAF y quienes no cumplan serán dados de baja

A través de la Resolución 219/2014 se modificó la condición de residencia para los titulares de las asignaciones familiares.

Anses / Archivo Los Andes
Anses / Archivo Los Andes

A través de la Resolución 219/2024 el Gobierno realizó un cambio en los requisitos para el Sistema Único de Asignaciones Familiares. Dicha resolución fue publicada en el boletín oficial el 4 de junio pasado.

La medida modificó la condición de residencia para los titulares de las asignaciones familiares. Los beneficiarios no cumplan con esta condición serán dados de baja.

“Con el objeto de homogeneizar el control del requisito de residencia para todas las prestaciones que revisten idéntica naturaleza jurídica y que conforman el sistema de seguridad social, deviene necesario disponer que, cuando se produzca la ausencia del territorio de la república Argentina por un período superior al de noventa (90) días corridos, no se considerará cumplimentado el requisito de residencia en el país preceptuado para cada una de las Asignaciones”, cita el texto.

“De cumplirse el plazo de ausencia citado precedentemente, se procederá a la suspensión de la Asignación correspondiente”, agrega el texto.

En el caso de la Asignación Familiar por Cónyuge, “la suspensión operará cuando la persona titular o su cónyuge se ausenten del país simultánea o alternadamente y de manera continuada”.

En el caso de la Asignación Familiar por Hijo e Hijo con Discapacidad, la suspensión “operará cuando el hijo de la persona titular se ausente de manera continuada de la República Argentina por el plazo mencionado”.

Requisitos para cobrar AUH

* Los progenitores deben estar desocupados, o ser trabajadores no registrados (sin aportes), o ser trabajadores del servicio doméstico.

* Los hijos no deben tener trabajo ni estar emancipados ni recibir alguna de las prestaciones previstas en la ley de asignaciones familiares.

* Los hijos y sus progenitores deben ser argentinos y residir en el país. Si son extranjeros o naturalizados deben tener 2 años de residencia en el país.

* Se debe cumplir con los controles sanitarios y de vacunación de los hijos hasta los 4 años de edad. Desde los 5 y hasta los 18 años, además de los controles de salud, se debe probar que concurren a establecimientos educativos públicos.

* La persona titular de la prestación no debe ausentarse del territorio de la República Argentina por un período superior al de noventa días (90) días corridos.

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