Aunque la ley que eleva el mínimo no imponible a $ 150 mil había sido aprobada el 8 de abril y sancionada a fines de mayo, recién ahora fue reglamentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Con la entrada en vigencia, más de 45 mil mendocinos dejarán de pagar Ganancias este mes y no tendrán que tributar por el medio aguinaldo.
En diciembre de 2020, AFIP elevó las escalas de Ganancias un 35,38%, lo que implicó que unos 10 mil mendocinos dejaron de pagar el impuesto a partir de enero. Hasta ese momento, quedaban excluidos de tributar los trabajadores en relación de dependencia con ingresos inferiores a $ 55.261 y, con la suba, el mínimo pasó a ser de $ 74.810 netos.
Sin embargo, el Frente Renovador presentó un proyecto para elevar esa base a $ 150 mil de remuneración bruta (el límite anterior era de ingresos netos) y la propuesta fue aprobada a principios de abril. De esta manera, del total de 80.668 mendocinos que pagaron Ganancias en 2020, alrededor de 10 mil dejaron de hacerlo en enero, con el primer ajuste, y 45.497 más dejarán de hacerlo ahora, que se reglamentó la nueva ley.
En todo el país, son 1.200.000 personas las que no pagarán el tributo a partir de este mes. También dejarán de abonar los jubilados que perciben un monto inferior a los ocho haberes mínimos. La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, resaltó que estos cambios van a recomponer los ingresos de los trabajadores, ya que cerca del 90% del mercado laboral no pagará Ganancias. Así, esperan que repunte el consumo en el mercado interno.
Por otra parte, como la ley 27.617 era de carácter retroactivo a enero, los montos que se les retuvieron hasta mayo, a quienes a partir de ahora dejan de pagar el impuesto, les serán reintegrados en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas, a partir de julio. Sobre esto, el contador Carlos Schestakow, especialista en tributación, señaló que la devolución será automática y que el contribuyente no debe realizar ninguna gestión adicional. Sin embargo, resaltó que lo correcto hubiera sido que la restitución se efectuara en un solo pago.
Asimismo, detalló que se modificó el nivel de ingresos a partir del cual se debe declarar el patrimonio, que ahora es de $ 2,5 millones. Con esto, indicó, se alivia la tarea para quienes tengan ingresos brutos anuales por debajo de ese importe (unas 200 mil personas en todo el país), de tener que presentar las declaraciones juradas informativas patrimoniales para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
El experto indicó también que, hasta ahora, el conviviente no podía hacer deducciones -sólo el cónyuge-, mientras que, a partir de la reglamentación, se podrá incluir en las cargas de familia cuando la convivencia esté registrada. Además, se eliminó el tope de edad para la deducción por hijos con discapacidad y se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.
Alivio fiscal
Juan Gabriel Sánchez, prosecretario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Mendoza, planteó que las nuevas medidas son “parches, que tienden a morigerar el efecto tan dañino de la inflación, que va erosionando las deducciones y aplanando las escalas”. En este sentido, indicó que el nuevo monto de ingresos brutos, de $ 2,5 millones, que marca quienes deben presentar la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales, también establece un reconocimiento inferior al nivel de inflación, ya que en 2019 era de $ 2 millones. Es decir que, aún en los temas no recaudatorios, siempre van quedando más personas obligadas.
Por otra parte, señaló que se postergó la fecha límite -iba a ser de los primeros días de junio y se extendió hasta fines de julio- para la presentación de estas declaraciones juradas, porque no habían puesto en marcha aún los aplicativos. Esto les deja a los contadores apenas un mes de plazo para cargar la documentación de todos los clientes, cuando consideró que debería estar disponible desde principios de año. Es que, además, el sistema suele colapsar y no responde con algo tan sencillo como generar un volante electrónico de pago, y, cuando el profesional repite el proceso, se genera dos veces.
La vuelta a atrás del monotributo
Otra medida que generó un alivio fiscal para los contribuyentes, fue la marcha atrás del aumento retroactivo del monotributo. Cabe recordar, que recientemente la AFIP reglamentó otra recategorización con efecto retroactivo: la de las escalas del monotributo, con un incremento del 35,3%. Esto provocó que a algunos contribuyentes que ya habían pagado entre enero y mayo, pero con límites diferentes, se les generara una deuda de hasta $ 25 mil, que ofrecían pagar en hasta 20 cuotas.
La medida generó fuertes críticas y cuestionamientos a la legalidad de que se generara una obligación adicional sobre un tributo ya pagado a tiempo, por lo que, finalmente, se decidió dar marcha atrás con las deudas y aplicar los nuevos montos a partir del mes próximo.
Es que las escalas y los tres componentes del monotributo -impositivo, seguridad social y obra social- se actualizan dos veces al año, en enero y julio, siguiendo la variación del haber jubilatorio mínimo. De esta manera, se garantiza el financiamiento a la seguridad social y el sistema de salud, al tiempo que se incrementan los montos que pueden facturarse en cada escala.
Sin embargo, la movilidad jubilatoria estuvo suspendida durante la segunda parte de 2020. Como los monotributistas deben recategorizarse en forma obligatoria en enero, lo hicieron con escalas desactualizadas. Y cuando, en abril, se sancionó la ley que creó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, se implementó nuevamente la movilidad y se modificaron los límites, pero con carácter retroactivo a enero de 2021.