Todos los trabajadores deben recibir un Sueldo Anual Complementario (SAC o aguinaldo), y la Ley N° 23.041 establece que debe calcularse sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
El sueldo anual complementario es abonado en dos cuotas (dos medios sueldos):
- El 30 de junio
- y el 18 de diciembre de cada año.
Sin embargo, este mes, muchos podrían no cobrar el día 30, ya que la ley contempla excepciones para cumplir con el pago, previendo posibles dificultades administrativas hacia el interior de las empresas, y tiene que ver con una extensión de hasta cuatro días hábiles. Entonces, las fechas de cobro son:
- 30 de junio
- 3 de julio
- 4 de julio
- 5 de julio
- 6 de julio
Es que, este año, el día 30 de junio cae viernes y, por lo tanto, el último día hábil en que será posible cobrar el aguinaldo resulta ser el 6 de julio.
¿Cómo “estirar” el aguinaldo en 3 días?
Suponiendo un sueldo de $200.000, y un aguinaldo de $100.000, un trabajador que reciba $300.000, podría convertirlos en $1.955 en solo tres días (79,1%), si lograra esperar ese tiempo sin gastar un centavo. Es decir, antes de hacerle frente a sus obligaciones mensuales.
Si solo se guardara una parte de ese valor, por ejemplo $100.000, durante 15 días, el rendimiento aumentaría a $3.300 o a $6.710 en 30 días. El cálculo responde a los rendimientos estimados de inversiones en Fondos Comunes de Inversión como los que ofrecen las billeteras virtuales, en donde se puede guardar el dinero y retirarlo, sin consecuencias, en cualquier momento en que se necesite, a una tasa del 79% o más.
¿Por qué no se cobra exactamente el 50% del mejor sueldo?
La palabra clave para entender el cálculo del medio SAC es “remuneración”, y es que no todos los conceptos que conforman el salario final de un empleado en relación de dependencia son “remunerativos”.
Para saber cuánto se recibirá, la Contadora Noelia Roggerone MBA., del estudio Lisicki Litvin & Asociados, explicó cómo se cobrará este mes y en qué casos se pagará el Impuesto a las Ganancias.
¿Qué incluye el pago del aguinaldo?
En el aguinaldo se incluyen “horas extras y comisiones” que el trabajador pudiera haber realizado durante el semestre que se considere. Es decir, se toma en cuenta para calcular la mejor remuneración.
Si durante los meses previos al pago del aguinaldo el trabajador hubiera reducido su jornada laboral, corresponderá el pago de “la mejor remuneración devengada”, sin computar dicha reducción de mutuo acuerdo.
Si un mes se hubiera cobrado más, por incluirse un retroactivo, éste se prorratea en los meses en los que se debió cobrar, y esa proporción se incluye en el aguinaldo.
Por el contrario, los conceptos no remunerativos no se incluyen en el cálculo del aguinaldo, por no tener naturaleza remunerativa o salarial.
Otros conceptos como el pago de “maternidad” también quedan excluidos, por ser subsidio, y no sueldo; y el mismo criterio se aplica para todos los beneficios sociales.
En el caso de las licencias sin goce de sueldo, no se computan.
¿El aguinaldo pagará Ganancias?
Según se publicó en el Boletín Oficial, los trabajadores que cobren un salario bruto de hasta $880.000 quedarán exceptuados del pago al impuesto a las Ganancias, y ese tope se extiende al medio aguinaldo.
“Se tienen en cuenta los sueldos a partir de mayo en adelante, pero se calcula el promedio, y es el sueldo bruto. Muchas veces la gente dice, yo no cobro más de $880.000, pero está mirando el Neto (de bolsillo), y tiene que ver el sueldo bruto (antes de los descuentos)”, explicó la profesional.