La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) investigará en noviembre las transferencias, los consumos con tarjeta de débito, los plazos fijos y cuentas sueldo, corrientes y de ahorro que superen un monto mínimo, a partir de la información de los movimientos de los ahorristas por parte de los bancos y los Proveedores de Servicios de Pago (PSP, billeteras virtuales).
Quiénes se encuentran obligados
- Las entidades financieras comprendidas en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones
- Los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión
- Caja de Valores S.A., la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
AFIP INVESTIGA CONSUMOS EN NOVIEMBRE DE 2023: A PARTIR DE QUÉ MONTO
Este mes, los bancos deberán informar cuando el monto total acumulado de las acreditaciones, los consumos con tarjeta de débito (también en el exterior) y las extracciones mensuales en las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo y de la seguridad social iguale o supere los $200.000. Esta cifra se encuentra vigente desde mayo tras la resolución general 5.348/2023. Antes el monto era de $90.000.
También deberán comunicar los movimientos cuando los saldos de las cuentas igualen o superen al último día hábil del mes ese monto, al igual que cuando lo hagan los depósitos a plazo.
AFIP INVESTIGA CONSUMOS EN BILLETERAS VIRTUALES EN NOVIEMBRE DE 2023: A PARTIR DE QUÉ MONTO
En cuanto a las plataformas de gestión electrónica o digital, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP)- conocidas como billeteras virtuales-, las firmas deberán informar los montos, al igual que la nómina de cuentas de los clientes, en el caso de que los ingresos o egresos totales en el período igualen o superen los $120.000 y cuando los saldos al último día hábil del mes igualen o superen los $200.000. Esto aplica para apps como Mercado Pago y Ualá, entre otras.
OTROS DATOS QUE AFIP INVESTIGA
Por último, el régimen aplica también cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $400.000.
AFIP INVESTIGA: QUÉ PASA SI TENGO UN PLAZO FIJO MAYOR DE $200.000
Lo explicado anteriormente no significa, por ejemplo, que no se pueda tener un plazo fijo por un monto más alto. De hecho, se puede constituir por el importe que se desee, siempre que se pueda justificar de dónde provienen los fondos.
Sólo en el caso de que el banco encuentre una inconsistencia -por ejemplo, que el dinero depositado en esta herramienta es muy superior a los ingresos que habitualmente percibe el cliente- le enviará una comunicación al depositante para que presente documentación que explique el origen de esa inversión.