Se lanzó una campaña informando sobre los múltiples daños que produce el uso de sustancias explosivas y de fuegos de artificio. Advierte nuevamente a la población que el Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza expresamente prohíbe la venta, distribución, portación o uso de pirotecnia. También sanciona el suministro de pirotecnia a menores y la omisión del deber de la supervisión del adulto a los niños. Este Código, en sus artículos 132, 133 y 134, pena con fuertes multas o arrestos de 20 a 90 días a quienes infrinjan estas normas, sanción que se duplica por reincidencia.
Además, como expresa esta norma legal en su artículo 74, la portación de objetos o sustancias que produzcan explosiones siempre es peligrosa para las personas.
Lamentablemente, en Argentina existen varios ejemplos del uso de bengalas en eventos. El Código prevé que quien tuviera en su poder artificios pirotécnicos u otros objetos explosivos puede sufrir fuertes multas o arrestos de 2 a 8 días.
Desde la Secretaría de Ambiente se explicó que el uso de pirotecnia también representa un alto riesgo de producción de incendios, además de ser fuente de contaminación del aire. Esto está penado –como lo expresa el Título VI de Contravenciones contra el Ambiente y la Salud de los Animales en su artículo 135– con altas multas y arresto de 8 a 50 días.
Técnicos del Departamento de Fauna detallaron cómo el uso de pirotecnia afecta a las especies autóctonas, particularmente a las aves. Los festejos de fin de año coinciden con la época de reproducción y cría. Los fuertes ruidos hacen que los animales huyan y dejen abandonadas crías o pichones, lo que ocasiona la muerte de la descendencia de la especie.
De igual manera, por uso de pirotecnia, los animales domésticos sufren cuadros de estrés con taquicardia, incremento de temperatura, temblores musculares y jadeo. Por ello, se aconseja consultar con veterinarios para recomendar el protocolo de contención más conveniente para cada caso, dado que no siempre las gotas calmantes surten buenos efectos. Asimismo, como muchas mascotas huyen aterrorizadas, por lo que se sugiere identificarlas con su nombre.
En cuanto a los daños a las personas, ocasionar ruidos molestos en el vecindario también es una falta contemplada en el mencionado Código en su artículo 55, específicamente en el caso de personas mayores o convalecientes de enfermedades o que necesitan tranquilidad y descanso. También son particularmente perjudicadas las personas con afecciones como autismo. El ruido intenso les provoca dolor y afecta su sistema inmune y hormonal.
La alta sensibilidad auditiva de las personas con autismo las hace vulnerables a los estruendos. Hace unos años, los padres de niños autistas pertenecientes a la Asociación de Padres Trastorno Generalizado del Desarrollo Mendoza –progenitores de niños con Trastorno del Espectro Autista– pidieron al Gobierno de Mendoza que no se use pirotecnia en los festejos vendimiales, debido a los daños que sufren sus niños.
Si bien en los últimos años se ha percibido una disminución del número de accidentes por el uso de pirotecnia, la campaña busca instar a la población a desterrar por completo este hábito de festejo tan nocivo. Y, ante cualquier caso de infracción ,al respecto, avisar al 911.