Con el objetivo de bajar los costos laborales y reducir la litigiosidad del sistema de riesgos de trabajo en relación a las indemnizaciones por enfermedad e incapacidad es que el presidente Mauricio Macri sacó dos Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU). El primero modifica la ley de ART. El segundo, elimina algunos feriados turísticos.
El Decreto 54/2017 sobre las ART establece que todo trabajador debe pasar por una Comisión Médica Jurisdiccional antes de iniciar cualquier juicio laboral.
Según explicó el economista Rodrigo González, de Fundación Ideal, esto implica que el trabajador tendrá que pasar antes por una instancia administrativa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención para que el trabajador afectado -contando con el debido patrocinio letrado- solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos de Trabajo.
Esto es contrario a lo que pasaba con la Ley que estaba vigente, ya que buena parte de las contingencias se reclamaban por medio de demandas laborales. Ahora, la denuncia no terminará en la Comisión Médica Jurisdiccional sino que agotará la instancia administrativa del reclamo.
Luego, las partes podrán solicitar la revisión de la resolución ante la Comisión Médica Central y después de esto podrán ir a la justicia, por lo que los tiempos claramente serán más largos.
Según un informe de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) correspondiente a diciembre de 2016, en Mendoza se presentan 28 demandas judiciales por cada 100 siniestros ocurridos. El dato coloca a la provincia en el tercer lugar del ranking nacional de litigiosidad, detrás de CABA y Santa Fe.
A nivel nacional, la cantidad de juicios ingresados creció 20% el año pasado y -según la UART- que se manifestó a favor de la medida, los sectores más afectados por juicios son industria, construcción y comercio.
Opiniones encontradas
Dichas modificaciones traen opiniones encontradas. Según Rodrigo González, indudablemente impactará y reducirá la cantidad de juicios, ya que se creará un tribunal previo, que será el órgano encargado de analizar el siniestro -grado de incapacidad e indemnización- antes de la instancia judicial. Se apunta "a reducir las denuncias que fallan en contra de las empresas que tienen poco sustento”.
Para él, “esto reducirá los costos laborales, ya que las coberturas que pagan las empresas son cada vez más altas por la cantidad de juicios que hay”.
Según González, las demandas presentadas por juicios laborales han crecido y -contrario a ello- la incidencia de accidentes laborales se viene reduciendo desde 2009.
El titular de la Cámara de Constructores Independientes de Mendoza, Atilio Calzetta, no se animó a dar una postura sobre el decreto en sí pero comentó que la litigiosidad ha impactado fuertemente en los últimos años, afectando los costos laborales. Según el empresario, "el crecimiento de juicios perjudica porque son un costo que no está establecido en el valor de la mano de obra".
Agregó que "a pesar de que las empresas cuentan con cobertura; por lo general, el trabajador demanda a la ART y a la compañía, que luego tiene que salir a pagar indemnizaciones altísimas lo que termina afectando la rentabilidad".
Coincidentes fueron las declaraciones de Pedro Bizzotto, presidente de Asinmet, quien no brindó una postura sobre el nuevo decreto, aunque consideró que es importante que este Gobierno baje la litigiosidad ya que los juicios laborales a las empresas han crecido considerablemente en el último tiempo.
Desde el Colegio de Abogados de Mendoza, Mauricio Gaibazzi, expresó que dicho decreto no pregona con los derechos de los trabajadores por "pretender querer disminuir la litigiosidad en materia de Riesgo de Trabajo, simplemente entorpeciendo y retrasando el acceso de la justicia, la garante de los derechos de las personas".
En línea con los diputados Margarita Stolbizer (GEN) y Héctor Recalde (FpV) mencionó que dicho decreto es "inconstitucional" y que no están las condiciones ni de necesidad ni de urgencia.
Además, a pesar de que fija un plazo perentorio a las comisiones médicas de 60 días hábiles administrativos para expedirse sobre los casos, ese mismo plazo máximo puede ser prorrogable por lo que los abogados estiman que se pueden estirar aún más los tiempos.
Este diario intentó obtener la palabra del secretario de la CGT en Mendoza, Luis Márquez, pero no fue posible. Sin embargo, la entidad opinó a nivel nacional a través de Héctor Daer quien expresó que el DNU "no corrige" la falta de una "efectiva ley preventiva" en torno a este tema, y alertó que el "apresuramiento" del Gobierno en esto abre la posibilidad de cuestionamientos judiciales.