A través de un fallo judicial inédito en Mendoza se obligó a los padres de dos niños a que los vacunaran pese a su oposición. La información fue aportada desde la Dirección de Inmunizaciones de la provincia aunque prefirieron preservar la identidad de las personas implicadas.
El argumento es que la vacunación es obligatoria en tanto es considerada parte de una estrategia de salud pública y que el interés colectivo está por encima del individual.
Así está establecido legalmente, fundamentalmente en la ley nacional 27.491 sancionada en diciembre, aunque la obligatoriedad ya era contemplada en la norma anterior. Por ello, aunque es la primera vez que se llega a la Justicia en Mendoza, hay antecedentes similares en el país. La norma considera que el incumplimiento habilita acciones por parte de la autoridad sanitaria que van desde la notificación hasta la vacunación compulsiva.
Sanciones económicas
Pero no sólo esto. El Código Contravencional de la provincia contempla en el artículo 119 sanciones económicas para los padres o tutores que omitan la responsabilidad. "Serán sancionados con multa desde doscientas (200) U.F. hasta ochocientas (800) U.F. o arresto de cinco (5) días o su equivalente en trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos para menores de edad". La UF tiene un valor de 12 pesos.
La reincidencia en la contravención implicará el aumento de la sanción al triple en su mínimo y máximo.
Oposición
Al momento, ya se hizo efectiva la inoculación a estos dos pequeños de 5 y 7 años. La directora del área, Iris Aguilar, dijo a Los Andes que aunque los movimientos antivacunas no son fuertes en el país se presentan algunos casos. Esto suele ser resuelto con la intervención de la dirección a través de la cual se escuchan los argumentos de los padres o responsables de los niños y se les informa la postura oficial. Aunque suele resolverse así, en esta ocasión hubo que apelar a una instancia de mayor peso.
Desde hace un año se utiliza un formulario de notificación negativa a través del cual los referentes de salud que encuentren un caso de este tipo tienen la obligación de comunicarlo a las autoridades.
Reparos
Los padres se oponían a la aplicación de la vacuna triple viral (que protege contra el sarampión, la rubéola y las paperas) ya que habían recibido información en la que se la asociaba al desarrollo de autismo y contenido de mercurio tóxico.
"Hay un fallo y más allá de que puede resultar violento, con esos papás me reuní yo misma para habar y mostrarles evidencia científica", relató Aguilar. Se trata de padres de alrededor de 30 años.
La funcionaria dijo que los argumentos de quienes se oponen a la vacunación son noticias falsas.
La vacuna contra el virus del papiloma humano, la triple viral y la antigripal son las que suelen presentar resistencia.
Advirtió que hay mucha evidencia científica y de seguimiento de la triple viral durante una década en países europeos y no hallaron asociación entre esta y el autismo (algo que difunden cadenas falsas de WhatsApp, por caso).
Consultados algunos referentes de organizaciones veganas sobre el tema dijeron que quienes se oponen a la aplicación de las vacunas son minoría. "El cuestionamiento de los veganos es que se prueben en animales, pero la ciencia está avanzando, pienso que esto va a dejar de hacerse en el corto plazo", dijo Leandro Fruitos.
Interés colectivo
Hay tres normas que advierten sobre la obligatoriedad de las vacunas incluidas en el Calendario nacional, las cuales son gratuitas. La específica es la ley nacional 27.491 de Control de enfermedades prevenibles por vacunación que fue sancionada en diciembre.
"Se entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva. Se la considera como bien social", dice el texto.
El artículo 7 sostiene: "Las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos en riesgo y las indicadas en una situación de emergencia epidemiológica, son obligatorias para todos los habitantes del país".
En tanto el 10 señala: "Los padres, tutores, curadores, guardadores, representantes legales o encargados de los niños o personas incapaces son responsables de la vacunación de las personas a su cargo".
Antivacunas
El movimiento anti vacunas está mayormente presente en países desarrollados. La mayoría son padres con inclinación al naturismo y que consideran que esto va en contrario, o bien que asocian la vacunación a graves consecuencias para la salud.
Se atribuye el origen de este cuestionamiento a una publicación, que luego se supo era falsa, en una reconocida revista de ciencia británica: "The Lancet". El 26 de febrero de 1998, difundió una investigación del médico Andrew Wakefield en la que sostenía que doce niños vacunados con la triple viral habían desarrollado comportamientos autistas e inflamación intestinal grave.
Aunque luego la revista tuvo que retractarse, muchos dejaron de vacunar a sus hijos ante el supuesto (y falso) riesgo.
Los defensores de las vacunas no admiten siquiera que se le dé espacio al debate. En marzo, en el programa de Mariana Fabianni por Canal 13 se planteó en términos de posible opción y fue duramente cuestionado.
La que presenta más reparos
La vacuna más resistida es la que previene el virus de papiloma humano (VPH). Iris Aguilar, jefa de Inmunizaciones de la provincia dijo que esto suele estar atravesado por creencias religiosas. Como el VPH puede transmitirse por vía sexual y se coloca a los 11 años se considera que se están propiciando las relaciones sexuales de manera temprana. Sin embargo dijo que simplemente es la edad adecuada para producir inmunidad y que del resto debe ocuparse la educación sexual y la cultura familiar.
Casos anteriores en la Justicia
A nivel nacional hay casos similares, en los cuales se apeló a la intervención de la Justica para obligar a la vacunación de niños.
En junio de 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló una medida judicial por la que los padres de un niño cumplieran con el calendario de vacunación bajo apercibimiento de proceder a su vacunación de modo compulsivo.
Los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt, Petracchi Maqueda, y Zaffaroni argumentaron: "la no vacunación del menor lo expone al riesgo de contraer enfermedades, muchas de las cuales podrían prevenirse mediante el cumplimiento del plan nacional de vacunación". Además trajeron a colación que se ponía en riesgo la salud de la comunidad.
Los padres habían apelado la decisión- avalada por la Corte- tomándose del artículo 19 de la Constitución Nacional: "Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados".
En enero de este año cuando se intimó a los padres de un recién nacido a que recibiera las vacunas contra la hepatitis B y la BCG. La Cámara Nacional en lo Civil estipuló para el cumplimento un plazo máximo de tres días y recordó que es una obligación.