La familia Panella vive momentos de desesperación: el tiempo se acaba y Enzo necesita la droga que le indicó su oncóloga para terminar el tratamiento contra un cáncer agresivo que lo tiene contra las cuerdas desde hace casi un año.
Enzo Panella es un nene de 3 años que vive con sus padres en Coquimbito, Maipú. A su cortita edad ya tuvo que afrontar una dura prueba: le diagnosticaron un tipo de cáncer llamado neuroblastoma, que había producido metástasis en el páncreas, huesos y médula ósea.
La criatura debió enfrentar quimioterapia, una cirugía de extracción del tumor, un autotransplante de médula ósea y después fue sometido a radioterapia.
Sobre el final del tratamiento, su médica oncóloga solicitó una droga para llevar adelante un procedimiento de inmunoterapia destinado a bloquear la formación de nuevos tumores, debido al alto riesgo por su agresividad del cuadro.
Sin embargo la familia denuncia que debieron enfrentarse a distintos obstáculos para que la obra social Ospelsym se hiciera cargo de Dinutuximab, la medicación en cuestión.
Valeria Espinoza, madre de Enzo, detalló a Los Andes que la droga se tiene que importar desde Austria y necesitan que esté en Mendoza antes del 26 de octubre para administrársela. Su caso se conoció a través de una publicació que hicieron en Facebook y que llegó a Mendocinos en Alerta.
Ella contó que tuvieron que recurrir a la Justicia para que la obra social cumpla con su obligación. Es por eso que interpusieron un recurso de amparo en el Juzgado Federal N° 2.
Jorge Calorio, abogado de los Panella, explicó que el costo de la medicación es de 7 millones de pesos, y afirmó que cuando la madre inició los trámites en Ospelsym recibió una "respuesta verbal que hablaba de que dicha droga estaba recién en etapa de experimentación". Es por eso decidieron accionar en la Justicia, que, finalmente, le dio la razón a Enzo ya que el juez de la causa estableció que la obra social debe cubrir el medicamento.
Sin embargo, los Panella aseguran que no desde que se expidió la Justicia a favor del reclamo por Enzo, no han recibido respuesta por parte de la institución de salud.
Calorio sostuvo que "hasta el momento no consta en el expediente que se haya comenzado con el trámite de importación. Por eso “pedimos hoy al juez que imponga una multa de $ 50 mil por día hasta que tomen las medidas pertinentes”.
También solicitamos una compulsa penal contra el gerente de la mutual por el incumplimiento de la medida judicial, ya que cautelar es de cumplimiento efectivo".
Al respecto Valeria aseguró que “La obra social se resiste a cumplir la cautelar, se hace la víctima y dilata los tiempos.
La respuesta de Ospelsym
El doctor Julio Spadaro, uno de los abogados que representa a la obra social, ante la consulta de Los Andes sobre la situación de Enzo, aseguró que "se está buscando por todos los medios posibles para que se presente el Estado como garante de salud para importar la droga. Se están haciendo las diligencias con distintas instituciones estatales como la Anmat, la Superintendencia de Servicios de Salud, la Secretaría de Salud de la Nación para contribuir a cubrir el medicamento".
Así mismo Spadaro señaló que están pidiendo que "intervenga económicamente el Estado para que se compre la droga de forma urgente".
Luego explicó que "no se han puesto trabas al proceso a fin de que la droga llegue. Al contrario, se está buscando la solución" ya que trata por "todos los medios de también de velar por los 30 mil afiliados, entre los que está Enzo".
Los letrados de Ospelsym informaron a Los Andes que el presupuesto que recibió la obra social sobre el costo del Dinutuximab es de $12 millones.
La decisión de la Justicia
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El juzgado Federal N° 2 estableció:
- Hacer lugar a la medida cautelar peticionada a fs. 15, ordenando a Ospelsym que, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de notificado, brinde al menor Enzo Panella la cobertura del medicamento con nombre comercial Dinutuximab beta, del laboratorio Beta Apeiron en presentación de ampollas 4,5 ml, por 15 ampollas, Fecha de firma: 27/09/2018 de conformidad con lo requerido por su médica oncóloga, Dra. Gisela Drago, Oncóloga Pediatra, bajo apercibimiento de ley.-
-Previo al despacho de la medida que se ordena, rindan los Sres. Valeria Rocío Espinoza y Carlos Rubén Panella, caución juratoria, a los términos del art. 199 del C.P.C.C.N., a los fines de garantizar los eventuales daños que el cumplimiento de la precautoria pudiera irrogar.
- Imprimir a la presente demanda el trámite de proceso sumarísimo, la que tramitará conforme las reglas de los arts. 321 y 486 CPCCN, ordenándose correr traslado de la demanda Ospelsym, por el término de cinco (5) días, plazo en el cual deberá comparecer, contestar demanda, ofrecer las pruebas que hagan a su derecho y constituir domicilio electrónico y procesal dentro del radio de este Juzgado, bajo apercibimiento de ley.
- Dese intervención al Defensor Público de Menores e Incapaces, en los términos del art. 51 inc. i, y, art. 54 inc. c), ambos de la ley 24.946.