Desde diciembre, 49 magistrados de la provincia (33 jueces y 16 fiscales) empezarán a pagar el impuesto a las Ganancias, tras una decisión de la Corte Suprema que se conoció el miércoles. El máximo tribunal resolvió por unanimidad revocar la medida cautelar que había exceptuado del pago de este tributo a un grupo de magistrados y funcionarios judiciales de la Nación, pero que benefició a los de todo el país.
La caída de esta cautelar implica la plena vigencia de la ley 27.346 de 2016 que obligó a pagar el impuesto a todos aquellos que asumieran sus actuales cargos después del 1 de enero de 2017. Esto incluye, según informaron desde el Poder Judicial, a 49 jueces, fiscales, defensores y otros funcionarios judiciales de Mendoza.
Actualmente solo 7 magistrados provinciales tributan Ganancias: Dalmiro Garay (el último ministro nombrado en la Corte); Andrea Pescarmona (coordinadora general del Ministerio de la Defensa Pública); Marcela Ruiz Díaz (jueza del 2° tribunal de Gestión Judicial Asociada en lo Civil); Cesar Rumbo (2° Cámara Laboral); Ana Ponte (jueza de Paz); Pedro Urquizu (conjuez); y Juan M. Piedecasas (secretario de la 2° Cámara Laboral).
Estos funcionarios no estaban amparados en la cautelar -impuesta por la Asociación de Magistrados nacional- que ahora volteó la Corte, porque eran abogados que se convirtieron en jueces pero que venían desde afuera del Poder Judicial, o sea que no eran funcionarios de carrera.
Recordemos que la jueza Ruiz Díaz había sentado un precedente cuando el año pasado presentó un reclamo en la Justicia Federal para que su sueldo no sea afectado por las retenciones a las Ganancias. Pretendía "derecho de igualdad" con aquellos magistrados que, habiendo ingresado antes del año 2017, no tienen la obligación de pagar ese tributo.
Aquí entra otro flanco de esta verdadera discusión por privilegios: los magistrados que seguirán sin tributar el 35% de sus abultados sueldos al Estado. En Mendoza, de los 483 que hay en la Justicia provincial, el 98% gana más de 100 mil pesos, como publicó Los Andes el 18 de octubre pasado, en plena discusión del proyecto presentado por la UCR a nivel nacional para obligar a todo el Poder Judicial el país a pagar Ganancias, iniciativa que aún se debe discutir en el Congreso Nacional.
Ahora, con la nueva disposición que tomó la Corte pasarán de 7 a 56 los incluidos en la ley 27.346, lo que quiere decir que un 10% de los jueces mendocinos tributarán. Es decir, todos los que asumieron su cargos en los dos últimos años.
"La Corte revocó la cautelar pero no se pronunció por el fondo de la cuestión", aclaró el presidente de la Asociación de Magistrados de Mendoza, Armando Martínez. Es decir que el reclamo de los jueces sigue firme y aún lo debe resolver la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
"La duda es si aquellos que estaban en función judicial al pasar a magistrados pagan Ganancias o no. En principio, los que entraron después de esa fecha deberán pagar", admitió Martínez.
Pero el también juez del Tribunal Oral de San Martín aseguró que esto “atenta contra la carrera judicial”, porque un empleado judicial que puede ascender a magistrado no va a querer hacerlo si debe pagar Ganancias y, por ende, cobrar un sueldo menor.
También abarca a 7 jueces federales
La decisión de la Corte también obliga a pagar Ganancias a los nuevos integrantes de la Cámara Federal de Mendoza, que asumieron en octubre del año pasado.
Se trata de Juan Ignacio Pérez Cursi, Manuel Pizarro, Olga Pura Arrabal, Gustavo Castiñeira de Dios y Alfredo Rafael Porras. A ellos hay que sumar a María Paula Marisi y Alberto Carelli, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, que juraron en agosto de 2017.
Qué dice la cautelar que volteó la Corte Suprema
La resolución de la Corte Suprema, de manera unánime, revoca la medida cautelar que había exceptuado del pago del impuesto a las Ganancias a un grupo de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público que asumieron sus actuales cargos con posterioridad al 1 de enero de 2017.
Para la Corte, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal utilizó argumentos "dogmáticos e insuficientes" para admitir la procedencia de la medida solicitada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y que, por ello, su decisión fue "arbitraria".
Y concluyó que no existían razones suficientes para adoptar una decisión cautelar que eximiera del cumplimiento de lo ordenado por la ley a los magistrados demandantes. De ello, deriva que la ley de impuesto a las Ganancias resulta plenamente aplicable. Y que "los magistrados honrados con un cargo que impone tan alta misión deben ser los primeros ciudadanos llamados a cumplir la ley cabalmente".