La seguidilla de homicidios perpetrados en los últimos meses y que han tenido como víctimas a mujeres arroja números alarmantes: a la fecha, veinte mujeres han sido asesinadas en contextos de violencia de género, social o familiar.
A esta misma fecha de los últimos dos años las cifras eran muy inferiores.
Los fríos números con respecto a los dos períodos anteriores han crecido casi el 50 por ciento. En lo que va del año veinte mujeres y niñas han sido asesinadas; para el mismo lapso de 2014 y 2015 hubo 13 y 12 asesinatos respectivamente.
En los más de los casos, los asesinatos fueron cometidos con armas blancas. “El criminal pasa a la acción con lo que tiene más a mano”, opinó en las redes el criminólogo Raúl Torre.
Las cifras dan miedo, más si se tiene en cuenta que en el último mes hubo seis asesinatos cuyos responsables fueron imputados por femicidio y otros tres crímenes cuyas carátulas podrían variar de acuerdo con las pruebas que puedan llegar a incorporarse.
Pero, ¿qué se tiene en cuenta a la hora de caratular como femicidio el crimen de una mujer? La palabra femicidio como tal, no figura en el Código Penal sino que está contemplada en el artículo 80, inciso 11 que advierte que "se impondrá prisión perpetua a quien mata a una mujer cuando el hecho es perpetrado por un hombre en un contexto de violencia de género".
Es decir, en un ámbito donde prevalecen el sometimiento y la superioridad que ejerce el hombre: en ese caso es menor la capacidad de defensa de la víctima y mayor el riesgo que corre.
La denominación femicidio aparece ya en la doctrina penal, donde se usan diferentes términos para diferenciar un delito de otro.Partiendo de esta premisa, nos encontramos con que no todo crimen que tenga a una mujer como víctima es un femicidio.
Durante este año hubo tres víctimas fatales en contexto de inseguridad y otras cinco que perdieron la vida en situaciones familiares (como el caso de Marta Ortiz (46) y Silva Díaz (90) cuyas muertes por el momento son homicidios simples).