Datos de por qué no se puede votar el 18

Segura quiere esa fecha, pero va contra el Estatuto. Para el tinellismo fue una decisión unilateral.

Datos de por qué no se puede votar el 18

La grieta crece. Luis Segura tomó la posta y determinó unilateralmente que las elecciones se realizarán el 18 a las 18 y lo anunció a través del Boletín Oficial 5117.

“Se pone en conocimiento de los señores Asambleístas, que el cuarto intermedio dispuesto en la Asamblea Extraordinaria del 03-12-15, se reanudará el 18 de diciembre próximo a las 18.00 horas, en el Predio ‘Julio Humberto Grondona’ de AFA sito en Autopista Ricchieri y Enrique Fernández García, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, oportunidad en la que luego de la aprobación de poderes, se procederá al tratamiento del punto segundo del Orden del Día de Elección de Presidente de la A.F.A.’ para el período 04 de diciembre de 2015 al 25 de octubre de 2019 (Capítulo Séptimo, Art.9º, apartado 2, inc.j) sub i; apartado 14 inc.c); y apartado 15; Art.10º, apartado 2 del Estatuto y 50º del Reglamento General). Luis Miguel Segura – (Presidente)”, dice el Boletín.

Desde el tinellismo dicen que no hay sustento legal para que el presidente tome esta decisión y piden que se abstenga de llamar a elecciones y se llame a reunión del Comité Ejecutivo.

Más allá de la postura de cada uno, el Estatuto es claro y marca que si -como sostiene el tinellismo- el cuarto intermedio está vencido- decidiendo de modo unilateral se está violando la ley. A continuación, la explicación.

Argumento Nº1. El primer punto que vale aclarar es que la Asamblea del 18 no podrá ser considerada Ordinaria, ya que para ello "deberá realizarse una vez por año entre el 16 y el 25 de octubre". En este punto el Estatuto también es claro: se podrá convocar a la misma a través de una votación del Comité Ejecutivo o con votación de las dos terceras partes de los asambleístas (los 75).

Argumento Nº2. Desde el segurismo podrían tomarse de que no se está pidiendo una Asamblea Extraordinaria, debido a que aún está vigente el cuarto intermedio. Y acá toma fuerza la postura de Tinelli de ir a la Justicia. Su entorno dice que el mandato de Segura está acabado, porque cuando quedó trunca la elección no se acordó una extensión de su mandato (22 de noviembre al 3 del corriente).

¿Qué pasa si se convoca a una Asamblea? El Estatuto marca que para que haya quórum deberán asistir la mitad más uno de los votantes. Es decir que la Asamblea quedará habilitada con la presencia de 38. A partir de ahí, se podrán celebrar los comicios, siendo ganador al que obtenga la mitad más uno de esos votos. En caso de igualdad, desempatará el presidente. Es decir, Segura necesita juntar 38 asambleístas. ¿Podrá? ¿Si lo hace, no sería un escándalo nacional?

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