Aunque en la noche del domingo la segunda temporada de “Bake Off Argentina, el gran pastelero” terminó de manera oficial, las controversias acerca de su definición siguen dando que hablar. Después de que aparecieran imágenes de Damián, el ganador del certamen, en la televisión de Rosario, muchos comenzaron a reclamar como “injusta” la descalificación de Samanta Casais ya que todos los concursantes tenían algo de experiencia en pastelería. Pero, ¿qué decía el contrato en el que se basó la producción para eliminar a Samanta y no hacer nada contra Damián?
Según el sitio especializado en materia legal “Derecho en zapatillas”, primero deberíamos prestar atención al reglamento del concurso, el cual establece como requisito para participar “Ser cocinero amateur y no haber prestado servicios como pasteleros y/o panadero profesional”.
En las bases y condiciones se fija que “tendrán prohibida su participación aquellas personas que hayan prestado sus servicios como pasteleros y/o panaderos profesionales con anterioridad a la fecha de publicación de las presentes reglas de participación, o tengan comprometidos sus servicios con anterioridad y/o durante la vigencia del concurso”.
Además no se le permitía participar a “toda persona que hubiere obtenido un título oficial de carreras vinculadas a la pastelería y/o panadería, o que estuviere cursado una carrera vinculada a la pastelería y/o panadería que otorgue un título oficial durante la duración del proceso de selección y/o concurso”.
La línea que divide lo amateur de lo profesional ha quedado en claro que es muy delgada y pese a que el diccionario dice que es quien “practica por placer una actividad, generalmente deportiva o artística, sin recibir habitualmente dinero a cambio”, en este caso lo que determinó la descalificación de Casais fue otra cosa.
Conforme a lo publicado por el mencionado sitio, la cláusula que habría dejado afuera a “Sami” dice: “En miras de salvaguardar la igualdad de oportunidades entre los aspirantes, se reserva el derecho a rechazar en cualquier instancia del proceso de selección y/o concurso cualquier aspirante y/o participante que no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes reglas o cuya participación suponga una ventaja desproporcionada o claro desequilibrio frente a los demás aspirantes y/o participantes”.
“Si hubo algo que una parte no pudo conocer al momento de contratar ésta puede hacer uso de ciertas herramientas legales para no llevar a cabo el contrato”, explican desde Derecho en zapatillas. Así, por haber omitido su experiencia en locales gastronómicos, más allá de su “emprendimiento familiar” de venta de tortas, esa fue la justificación que encontró Turner Argentina para quitarle el título honorífico de “mejor pastelera amateur” y el premio de $600.000.