Cuándo y cómo cobrarán los 10 mil pesos los que no son beneficiarios sociales

El Ingreso Familiar de Emergencia comenzó a pagarse sólo a quienes reciben AUH y Asignación por Embarazo. Para el resto habrá otras fechas.

Cuándo y cómo cobrarán los 10 mil pesos los que no son beneficiarios sociales
Cuándo y cómo cobrarán los 10 mil pesos los que no son beneficiarios sociales

El Gobierno Nacional dispuso hoy el pago del “Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a través de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) pero sólo para una parte de los destinatarios.

El bono de 10 mil pesos se les acreditó de manera automática a aquellas personas que cuentan con una Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo y cumplan con los requisitos.

¿Cuándo pagarán el bono a los que no reciben asignacionales sociales?

El resto de los beneficiarios sociales que no cuenten con una AUH serán estudiados por ANSES y AFIP para determinar si cumplen o no los requisitos.

Los organismos gubernamentales mencionados con anterioridad serán los encargados de realizar evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos, con el fin de corroborar la situación de real necesidad del individuo y de su grupo familiar.

Si bien la fecha de cobro se informará en los próximos días, desde la ANSES estiman que podría abonarse a partir del lunes 13 de abril. Este beneficio lo percibe un integrante del grupo familiar y se cobra por única vez en abril.

¿Cómo saber si puedo cobrar el bono?

El IFE (Ingreso Familiar de Emergencia) será otorgado a las siguientes personas siempre y cuando cumplan los requisitos y se hayan preinscripto en el plan:

- Desocupados

- Trabajadores Informales

- Empleadas domésticas (informales y en blanco)

- Monotributistas inscriptos en las categorías "A" y "B"

- Monotrobutistas sociales

Requisitos para cobrar el IFE

- Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.

- Tener entre 18 y 65 años de edad.

No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:

I - Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.

II - Monotributistas de categoría "C" o superiores y régimen de autónomos.

III - Prestación por desempleo.

IV - Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

V - Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales. (A excepción de Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR).

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