Cornejo quiere tomar examen a nuevos abogados

Hay cerca de 5.500 profesionales en ejercicio. Aseguran que la medida va a fortalecer el trabajo de la Justicia.

Cornejo quiere tomar examen a nuevos abogados
Cornejo quiere tomar examen a nuevos abogados

Los proyectos de Alfredo Cornejo siempre despiertan la polémica. Ayer ingresó por mesa de entradas del Senado una iniciativa que lleva la firma del Gobernador en la que se modifica la ley 4.976, que regula la profesión de abogados.

Una de esas modificaciones va a dar que hablar, porque se establece que quienes se gradúen en Derecho a partir del 1 de enero de 2019, no podrán ser matriculados en el Colegio de Abogados sin antes rendir un examen.

La idea no es nueva. Tuvo alguna repercusión hace poco más de un año, en la celebración de los 100 año del Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial.

El 26 de agosto de 2017 Cornejo asistió a la cena de gala que se realizó en el Auditorio Angel Bustelo. Allí anunció la idea de regular esa profesión.

"Estamos abiertos a propuestas e ideas que puedan llevarse a la práctica en un corto plazo, sin esconder el problema para poder enfrentarlo y resolverlo en un marco de legalidad", había dicho esa noche.

Esas palabras del Gobernador fueron bien recibidas en el Colegio de Abogados. Hubo un aplauso cerrado; con el correr de los días también se entendió por qué: un año antes la asociación de los profesionales del derecho había votado iniciar el estudio de algún mecanismo que regule la matrícula: "Hace un año en una asamblea en el Colegio se trató la necesidad o no de regular y se votó contundentemente que sí. Conseguimos dictamen y ahora estamos evaluando el mejor sistema que podría usarse en Mendoza", decía a Los Andes el representante de los profesionales ante la Federación Argentina de Colegios de Abogados Pablo Teixidor, dos días después de la cena en la que Cornejo esbozó la idea.

La promesa de Cornejo de hace un año ayer empezó a cumplirse con el ingreso del proyecto al Senado.

En los argumentos del proyecto se cita que la ley de educación superior (la 24.521 del 95, modificada por la 26.206 de 2006), sostiene que son las universidades las que tienen la potestad de crear carreras de grado y posgrado, que los títulos expedidos por ellas tienen reconocimiento oficial para el ejercicio profesional en toda la Argentina, pero que esta habilitación no se contradice con el ejercicio del "poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias".

De hecho, Mendoza regula el ejercicio de la abogacía a través de la ley 4.976 sancionada en octubre del 84. En esa norma se establece que para ejercer la abogacía hace falta el título de abogado y "la inscripción en la matrícula regulada por esta ley". Lo que pretende modificar Cornejo es justamente introducir un inciso más en el artículo 3 de la 4.976 que agregaría como condición para poder ejercer "someterse a la evaluación regulada por esta ley".

En Mendoza hay alrededor de 5.500 abogados en ejercicio y según el subsecretario de Justicia Marcelo D'Agostino, "se inscribe en promedio un abogado y medio por día". El funcionario agrega que el examen es además una exigencia que no sólo limitaría la cantidad de abogados en competencia en el mercado, sino que también es una forma de fortalecer la profesión porque "el abogado es un auxiliar de la Justicia".

Según los considerandos del proyecto, el examen tiene por objetivo evaluar los conocimientos mínimos de la organización, funcionamiento y normativa relacionada con el servicio de justicia, particularmente los códigos procesales locales, así como las normas deontológicas (código de ética).

Caducarían en un año los juicios de trabajo

La Reforma del Código Procesal Laboral de Mendoza ha recibido varias críticas de distintos de la oposición y de sectores como la CGT y los consejos profesionales. Uno de los artículos bajo la lupa es el número 6 que propone fijar la caducidad de instancia en un año.

Es decir, que si en un año no hubo petición o providencia judicial para impulsar el procedimiento se lo declara caduco.

En palabras sencillas, si el expediente no se "mueve" en el transcurso de doce meses, el empleado pierde el caso. 

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