Cornejo adherirá al decreto para recobrar plata malhabida local

Desde la Casa de Gobierno aseguraron que están trabajando en una iniciativa para modificar el Código Procesal Civil de Mendoza.

Cornejo adherirá al decreto para recobrar plata malhabida local
Cornejo adherirá al decreto para recobrar plata malhabida local

Después de que el presidente Mauricio Macri firmara el lunes el decreto de necesidad y urgencia de extinción de dominio, desde la Casa de Gobierno aseguraron que están trabajando en una iniciativa para modificar el Código Procesal Civil de Mendoza que permita incluir la modificación de la Nación.

"Desde el Poder Ejecutivo vemos con buenos ojos este decreto porque nos da herramientas para que vuelvan al Estado los bienes que se han adquirido de forma ilegal", explicó el subsecretario de Justicia Marcelo D´Agostino.

"Tengo autorización para avanzar en un proyecto y estamos analizando el tema. Nosotros no podemos hacer un DNU porque es una herramienta del Ejecutivo Nacional", agregó.

El decreto de necesidad y urgencia de Macri modificó el artículo 1907 del Código Civil de la Nación, el Procesal Civil de la Nación y las atribuciones del Ministerio Fiscal de la Nación. Por lo tanto, solo alcanza a algunos delitos de la justicia federal. Por ejemplo, en Mendoza podría haber sido aplicado en el caso de Sandra Jaquelina "La Yaqui" Vargas, quien fue condenada en 2016 por tenencia y comercialización de estupefacientes y lavado de dinero.

Para que el decreto alcance los delitos de la justicia mendocina se debe modificar el Código Procesal Civil. "Tenemos que mandar un proyecto a la Legislatura para modificar el proceso. Tenemos que trabajar y ver quien será el legitimado activo que puede llegar a ser el Ministerio Público Fiscal de la provincia", dijo D´Agostino. 

“Si se se aplica en Mendoza la extinción de dominio alcanzará casos como el de Sergio Salgado, Luis Lobos y Nélida Rojas. Además de casos de narcotráfico”, añadió.

¿Qué es?

El artículo 1907 determina que hay extinción de dominio en tres casos: por destrucción total de la cosa, por abandono y por la consolidación en los derechos reales sobre cosa ajena. El DNU incorpora la extinción de dominio por sentencia de un juez y crea una oficina para llevar adelante la acción civil.

La extinción de dominio se aplicará a aquellos bienes que se presume, provienen de la comisión de delitos graves como corrupción, narcotráfico, trata de personas, secuestro y terrorismo, y cuyos responsables no puedan probar su origen lícito.

"El patrimonio de ellos vuelve a manos del Estado, se remata y el dinero vuelve a los ciudadanos", dijo el funcionario de Cornejo.

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