Controles por Covid-19: esta es la declaración jurada y el protocolo para los camioneros

Los transportistas también tendrán monitoreo satelital y comprometerse a reducir su circulación fuera del periodo de trabajo.

Controles por Covid-19: esta es la declaración jurada y el protocolo para los camioneros
Controles por Covid-19: esta es la declaración jurada y el protocolo para los camioneros

El Gobierno de Mendoza publicó este martes en el Boletín Oficial detalles de cómo serán los controles a camioneros al ingresar a la provincia, incluyendo la declaración jurada que deberán firmar en caso que presenten Covid-19.

A través de la resolución 91 del Ministerio de Economía y Energía, las autoridades dispusieron que la declaración jurada abarca a "todo personal afectado al transporte de personas, bienes e insumos", que deberá firmarla y entregarla al personal del Ministerio de Seguridad.

Además, el Gobierno hizo oficial el sistema de monitoreo satelital de los vehículos de carga que ingresen a la provincia, tal como anticipó Los Andes en su edición de hoy. 

"La empresa de transporte deberá remitir al Ministerio de Seguridad acceso en tiempo real o reporte diario de cada unidad que ingrese a la Provincia, producido por dicho sistema, que permita el monitoreo de viajes y paradas, desde la fecha de ingreso, hasta el egreso, o la descarga completa y final de viaje, a requerimiento de dicho Ministerio", dice el artículo 3 de la resolución 91.

Vale recordar que a través del decreto 674, publicado el domingo, el Gobierno provincial dispuso controles más estrictos para los transportistas que ingresen a Mendoza. En el marco de la emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus, se dará tratamiento diferenciado a quienes tengan residencia local y quienes no. Los primeros serán los únicos que deberán realizarse de manera obligatoria un test serológico para determinar si han tenido o tienen el virus SARS CoV-2. Además de aislamiento en casa u hotel para restringir su circulación al trabajo.

Por otra parte, los camioneros deberán seguir un protocolo para carga, descarga y manipulación de mercaderías, a fin de evitar la transmisión del coronavirus. Junto a las medidas generales establecidas por el decreto 613/2020:

-El empleador deberá proveer al trabajador de un certificado para ser presentado eventualmente ante la autoridad policial de control. (Art.6 Resolución 219/2020). En caso de independientes, tramitar el permiso a través de la página de Afip.

-El chofer no deberá bajarse de la unidad.

-Cuando la carga, descarga o manipulación de algún elemento, por su peso o dimensiones, deba ser realizada por más de una persona, deberán extremarse los cuidados en el uso de los elementos de protección personal, mantener la mayor distancia posible y evitar el contacto físico.

-Para mercadería transportada en camiones: coordinar adecuadamente ingresos y egresos de los mismos de modo de evitar congestiones y minimizar los tiempos de carga, descarga y espera.

Elementos a proveer por la empresa

Kit de cuidado personal

-Alcohol en gel y jabón. Toallas descartables.

-Guantes descartables.

-Gafas.

-Barbijos.

-Una birome de uso personal y exclusivo. Kit de limpieza de elementos de la unidad.

-Bolsa para desechos.

Lugares de carga o abastecimiento de productos

-Las facturas, remito u hojas de ruta deberán ser proveídas al transportista en un folio, habiéndose tomado los recaudos de higiene necesarios para evitar su contaminación y asegurando la mayor distancia posible para su entrega.

-Las empresas deberán arbitrar los medios para que el transportista realice su actividad de carga y descarga en sus instalaciones sin bajar de la unidad. Esto implica acercarle los documentos a la cabina del camión.

-Proveer (en casos necesarios) acceso a unidades sanitarias (baños) provistas de agua potable, jabón y toallas descartables.

-Reforzar la limpieza de las superficies utilizadas por los transportistas como picaportes, barandas, canillas, etc.

-En caso que sea necesario realizar intercambios personales en las instalaciones, administrar el ingreso a los espacios comunes (oficinas y baños) impidiendo la concentración de más de un transportista en cada ambiente, garantizando la distancia física de dos metros mínimos con los operadores de la planta.

Medidas para la entrega de alimentos

-Preferir la modalidad de servicios de entrega de alimentos sin contacto o entrega con distanciamiento que consiste en dejar el pedido en la puerta o portería del cliente, previamente acordado.

-Preferir el cobro electrónico.

-Lavarse las manos y utilizar alcohol en gel antes y después de las entregas.

-Chequear que los paquetes estén correctamente cerrados.

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